Edición Colombia
-- °CClima
USD --TRM

Inicio/Decisiones judiciales

JEP condena a coronel retirado a 6 años y 3 meses por 38 ejecuciones extrajudiciales

Juan Carlos Figueroa Suárez fue condenado por crímenes cometidos en Valledupar entre 2004 y 2005; deberá cumplir 11 obligaciones restaurativas.

Por Juan Carlos Gualguan MezaRedacción EXTRA
⏱ 3 min de lectura
JEP condena a coronel retirado a 6 años y 3 meses por 38 ejecuciones extrajudiciales
Imagen de portada · Grupo Editorial Central

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) condenó el 22 de octubre de 2026 al coronel retirado Juan Carlos Figueroa Suárez a seis años y tres meses de privación de la libertad por su responsabilidad en 38 ejecuciones extrajudiciales cometidas por integrantes del Batallón de Artillería La Popa, en Valledupar, Cesar. Las víctimas fueron asesinadas y presentadas falsamente como integrantes de grupos armados muertos en combate, en hechos ocurridos entre enero de 2004 y julio de 2005.

La sentencia atribuye responsabilidad al exoficial en calidad de superior, debido a su actuación y omisiones durante el periodo en que comandó esa unidad militar. La decisión se produjo después de que Figueroa reconociera su responsabilidad en 24 hechos, tras haber rechazado inicialmente los cargos en el proceso ante la jurisdicción transicional.

Una condena por ejecuciones extrajudiciales y otros crímenes

Los hechos juzgados incluyen homicidios de personas protegidas, desapariciones forzadas y torturas. Las investigaciones también documentaron afectaciones contra integrantes de los pueblos indígenas wiwa y kankuamo, cuyas comunidades sufrieron daños individuales, colectivos, culturales y espirituales.

Las víctimas fueron presentadas como bajas en combate, pese a que eran civiles. Esta práctica, conocida en Colombia como «falsos positivos», consistió en asesinar a personas y reportarlas falsamente como resultados operacionales de las Fuerzas Militares.

Durante una audiencia restaurativa realizada en Valledupar los días 27 y 28 de agosto de 2026, Figueroa pidió perdón por las muertes, las desapariciones, las torturas y la estigmatización sufrida por las víctimas y sus familias.

Las obligaciones restaurativas impuestas por la JEP

Además de la privación de la libertad, el fallo establece once obligaciones restaurativas destinadas a contribuir al esclarecimiento de los crímenes, la reparación y la dignificación de las víctimas.

Entre las medidas ordenadas se encuentran la entrega de documentos operacionales relacionados con los asesinatos, la participación en acciones de memoria y el reconocimiento público de que las víctimas no pertenecían a grupos armados. El condenado también deberá aportar información que ayude a localizar e identificar a personas desaparecidas y a esclarecer la participación de otros posibles responsables.

La sentencia incluye un acto público de petición de perdón en nombre de las Fuerzas Militares y la revocatoria de las condecoraciones que recibió por resultados operacionales. También ordena a entidades estatales avanzar en la identificación de cinco víctimas mencionadas en la decisión y facilitar el acceso a medidas de reparación.

Un fallo dentro de la justicia transicional

La decisión constituye la quinta sentencia emitida por la JEP dentro de sus macrocasos y la segunda sanción alternativa impuesta a un máximo responsable después de un reconocimiento tardío de responsabilidad.

El caso forma parte de los procesos que buscan esclarecer ejecuciones extrajudiciales ocurridas durante el conflicto armado colombiano y establecer responsabilidades más allá de los autores materiales.

La sentencia combina una sanción privativa de la libertad con compromisos de verdad, reparación y memoria. Su cumplimiento será relevante para las víctimas y sus familiares, que esperan el esclarecimiento de los hechos, el reconocimiento de los daños sufridos y garantías para preservar la memoria de las personas asesinadas.

Fuente: Noticias Caracol — Agencia EFE. · Ver fuente ↗