Un juez de Bogotá aprobó el acuerdo de reparación entre TransMilenio y Daneidy Barrera Rojas, conocida como ‘Epa Colombia’, relacionado con los daños ocasionados a una estación del sistema de transporte durante las manifestaciones del paro nacional de noviembre de 2019.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá, dentro del proceso de reparación integral. El acuerdo establece diferentes compromisos que buscan compensar los perjuicios ocasionados a TransMilenio y promover comportamientos adecuados entre los usuarios del sistema.
Uno de los principales compromisos es el pago de una indemnización de $100 millones. Sin embargo, la reparación no se limita al aspecto económico, pues también contempla la publicación de contenidos en redes sociales y la realización de actividades pedagógicas relacionadas con el uso responsable del transporte público.
Entre las obligaciones acordadas están las publicaciones en plataformas como Facebook, Instagram, TikTok y YouTube. Los contenidos deberán estar orientados a promover conductas como pagar el pasaje, evitar el ingreso irregular a las estaciones, cuidar las instalaciones y utilizar las herramientas digitales disponibles para realizar recargas de las tarjetas de transporte.
Durante la audiencia, Barrera Rojas explicó algunos detalles sobre las publicaciones. En sus declaraciones mencionó que realizaría 55 videos, aunque en la descripción de las obligaciones judiciales también apareció la cifra de 51 videos, incluyendo uno de mayor duración. Por esta diferencia, el número definitivo deberá establecerse de acuerdo con el texto oficial del acuerdo y la providencia judicial.
El convenio también incluye actividades pedagógicas presenciales y acciones de cultura ciudadana, con las que se busca que la reparación tenga un componente educativo. La intención es que las acciones no se limiten a compensar económicamente los daños, sino que también contribuyan a promover el cuidado de las estaciones y el uso adecuado del sistema de transporte.
Durante la diligencia se mencionó además que parte de los perjuicios reclamados por TransMilenio, calculados en $367.006.184, estaba relacionada con diferentes conceptos valorados económicamente, entre ellos las publicaciones y otras actividades contempladas en el acuerdo. Esta cifra corresponde a la valoración realizada dentro de la negociación y no debe interpretarse como una equivalencia directa entre dinero y tiempo de prisión.
Uno de los puntos centrales del caso es diferenciar la reparación integral de la condena penal. La aprobación del acuerdo establece las obligaciones destinadas a atender los daños ocasionados a TransMilenio, pero no significa que estas actividades sustituyan automáticamente la pena de prisión impuesta a Barrera Rojas.
La conocida creadora de contenido cumple actualmente una condena de cinco años y tres meses de prisión por los delitos de daño en bien ajeno, perturbación del servicio público de transporte e instigación a delinquir con fines de terrorismo. La sentencia y el acuerdo de reparación son asuntos jurídicos diferentes.
El incidente de reparación integral tiene como propósito establecer mecanismos para atender los perjuicios derivados de los delitos, mientras que la condena penal corresponde a la responsabilidad establecida por la justicia. Por esa razón, el acuerdo aprobado con TransMilenio no modifica por sí mismo la sentencia ni reduce automáticamente el tiempo de prisión.
También se aclaró que las publicaciones acordadas no pueden considerarse automáticamente como actividades para descontar tiempo de la condena. La legislación colombiana contempla mecanismos de redención de pena mediante determinadas actividades de trabajo, estudio o enseñanza, pero se requieren condiciones y reconocimientos específicos para que puedan aplicarse. En este caso, no existe información suficiente para afirmar que los videos acordados con TransMilenio hayan sido reconocidos como una forma de redención de pena.
Durante la audiencia, Barrera Rojas manifestó que las publicaciones se realizarían una vez cumpliera su condena. Según lo expuesto durante la diligencia, los videos forman parte de las obligaciones de reparación y no están planteados como una actividad destinada a reducir el tiempo que permanece privada de la libertad.
Los contenidos tendrán como propósito promover mensajes relacionados con el pago del pasaje, el cuidado de las estaciones, el respeto por las normas del sistema y el uso de las herramientas digitales para recargar las tarjetas. De esta manera, el acuerdo incorpora un componente de sensibilización dirigido a los usuarios de TransMilenio.
Otro aspecto que generó interés es si la aprobación de la conciliación podría permitir que ‘Epa Colombia’ salga antes de prisión. El acuerdo no concede automáticamente prisión domiciliaria, libertad ni reducción de la condena. Cualquier modificación de la forma en que cumple la pena tendría que ser analizada mediante los procedimientos correspondientes y por las autoridades judiciales competentes.
Por tanto, la conciliación representa un mecanismo para atender los perjuicios ocasionados a TransMilenio, pero no cambia de manera automática la situación penal de Barrera Rojas. Para determinar si en el futuro podría acceder a algún beneficio relacionado con la ejecución de su condena, sería necesario conocer las decisiones de los jueces competentes y verificar si cumple los requisitos establecidos por la legislación.
En conclusión, el acuerdo aprobado combina una indemnización económica, publicaciones en redes sociales y actividades pedagógicas como mecanismos de reparación por los daños ocasionados al sistema de transporte en 2019. Sin embargo, estas obligaciones deben diferenciarse de la condena de prisión que cumple ‘Epa Colombia’: la reparación a TransMilenio no reemplaza ni reduce automáticamente la pena impuesta por la justicia.




