MinInterior publica borrador de decreto para ajustar los protocolos de intervención y regulación de la protesta social

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El ministro del Interior, Rodrigo Lara, dio a conocer para comentarios públicos el borrador de decreto que busca modificar el Decreto 003 de 2021 sobre las reglas para la gestión de la protesta social en Colombia. La propuesta flexibiliza el uso de la fuerza pública ante situaciones inmediatas de violencia extrema, al tiempo que refuerza el seguimiento institucional y los mecanismos de rendición de cuentas.

Puntos clave de la propuesta normativa

  • Excepción al agotamiento de etapas de diálogo: Aunque el diálogo se mantiene como la opción prioritaria, deja de ser un requisito previo indispensable para la intervención de las autoridades. Si desde el inicio se presentan hechos con armas, explosivos, ataques a terceros o toma de rehenes, la fuerza pública podrá actuar de forma directa sin necesidad de agotar las fases previas de facilitación, diálogo y mediación.
  • Uso progresivo de la fuerza: Se establece una escala de cinco niveles de actuación oficial: gestión preventiva y facilitación, diálogo directo y mediación, disuasión, y finalmente la intervención de la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (Undmo).
  • Fortalecimiento y atribuciones del PMU: El Puesto de Mando Unificado (PMU) mantendrá operatividad antes, durante y después de las jornadas, integrará al ICBF cuando se requiera, evaluará el momento de la intervención y deberá consolidar y publicar un balance de afectaciones dentro de las 72 horas posteriores a la manifestación.
  • Reglas institucionales y protección: La iniciativa promueve el equilibrio entre la protesta y derechos como la salud, el trabajo y los servicios públicos, ordena la protección de no participantes (comerciantes, residentes, misiones médicas y periodistas) y exige la recolección de pruebas para la judicialización de delitos.
  • Rendición de cuentas: Alcaldes y gobernadores deberán emitir una explicación pública en un plazo máximo de tres meses si se registran personas heridas o fallecidas por el uso de armas o la intervención de la fuerza pública.
  • Garantías que se mantienen: Se preserva la presunción de pacificidad de las marchas (sin requerir permiso previo), la prohibición del uso de armas de fuego por parte de la Policía en manifestaciones, la no intervención de las Fuerzas Militares y la restricción a la estigmatización de los manifestantes.

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