El caqueteño Milton Harry Ardila Agudelo de 37 años de edad, fue cruelmente asesinado con múltiples disparos que le ocasionaron la muerte inmediata.
El domingo aproximadamente a las nueve de la noche, sucedió este hecho tan lamentable en el municipio del Doncello. Extraoficialmente se pudo conocer que el ciudadano era oriundo de Dosquebradas, municipio perteneciente al departamento de Risaralda.
El crimen tuvo lugar cerca del Centro de Integración Ciudadana localizado en el barrio Las Américas. De acuerdo a lo informado por los testigos del homicidio, unos sujetos desconocidos detuvieron a la víctima en el camino impidiendo su marcha con el uso de la fuerza y, le propinaron varios impactos de bala. Luego de asesinar a Milton emprendieron la huida.
El cuerpo sin vida del caqueteño quedó tendido frente a una de las entradas del CIC. Transcurridos aproximadamente quince minutos del homicidio se personaron en el lugar de los hechos miembros del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía de la seccional Caquetá para realizar el levantamiento del cadáver. También recolectaron la evidencia presente en la escena del crimen.
Quizás quieras leer: Niño solanence fallece por ahogamiento
Milton deja dos hijos huérfanos y una esposa desconsolada por la partida inesperada de su compañero sentimental. Su fallecimiento conmociono a toda la población doncellence que sufren la pérdida sangrienta de este habitante de la comunidad. Sus familiares solicitan a las autoridades el pronto esclarecimiento del asesinato.
Esperan que más temprano que tarde los responsable del crimen se han presentados ante un juez y reciban la condena correspondiente a la magnitud del delito que cometieron.
Este asesinato tiene en alerta a la población Doncellence al constatar que hay personas al margen de la ley que tienen en su posesión armas de fuego. Aunado a esto no tienen ningún temor a accionarla y acabar con una vida humana, sin que les tiemble el pulso. Tal parece que consideran que el equipo de seguridad caqueteño no podrán detenerlos y juzgarlos de acuerdo a lo establecido en el código penal.
En el artículo 103 del capítulo II del libro dos del código penal donde se establecen los actos inmediatos por los delitos contra la vida y la integridad personal reza que “él que matare a otro, incurrirá en prisión de doscientos ocho a cuatrocientos meses” , lo que equivale a una pena máxima de 33 años. Este artículo es aplicable cuando se demuestra la culpabilidad en el asesinato de un adulto, si se trata de un menor de edad la pena será aumentada según las especificaciones del la ley.


