Revocan condena por homicidio

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El 6 de noviembre de 2021, alrededor de las 11:30 p.m., tres individuos armados irrumpieron en el estanco Licores Sofi, en el barrio Monserrate de Neiva. Intimidaron a los presentes, entre ellos Álvaro Lugo, de 62 años, y se apoderaron de dinero en efectivo, celulares y documentos. Lugo intentó huir, pero recibió un disparo en la espalda que le afectó corazón y pulmón, causándole la muerte. La Fiscalía imputó a Collazos Puentes como coautor de homicidio agravado, hurto calificado y porte ilegal de armas.

Declaración clave

La magistrada Ingrid Karola Palacios Ortega destacó el testimonio de la hija de la víctima, quien aseguró que Collazos Puentes no participó en el crimen. La joven identificó a los verdaderos responsables como ‘Sebas’, ‘Gabeto’ y otro sujeto moreno, basándose en conversaciones con testigos presenciales como Omar y Brayan. Explicó que el error surgió por el parecido físico entre Collazos y ‘Sebastián’, el supuesto autor del disparo.

Testigos y retractación

Omar Alberto Arabia Valenzuela describió a tres agresores con roles divididos: uno con arma blanca, otro con revólver y un tercero robando. Brayan Alexis Díaz inicialmente señaló a Collazos en un reconocimiento fotográfico, pero se retractó en declaración juramentada de 2022, alegando manipulación policial y error por dolor. Afirmó que el acusado era inocente.

Duda razonable

La magistrada señaló que, aunque se probó la coautoría de tres sujetos, no se vinculó a Collazos más allá de duda razonable. “No hay beneficio personal por exculpar al encartado; por el contrario, se avizora una congruencia con el interés genuino de una víctima en que el Estado no condene por error”, indicó. Aplicando el principio *in dubio pro reo*, revocó la condena del 29 de julio de 2024 y absolvió al procesado.


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