En Ibagué se conoció un caso que generó indignación ciudadana por la presunta vulneración del derecho fundamental a la salud.
La denuncia fue presentada por el defensor de derechos humanos y del paciente, Juan David Cetina Parra, quien expuso la situación vivida por la señora María Lisenia Conrado Maturana.
Según el relato, la mujer acudió inicialmente al servicio de urgencias de Salud Total Virrey Solís, donde le informaron que no existía convenio con la EPS Pijaos Salud y debía trasladarse a otra clínica. Posteriormente, llegó a la Clínica Nuestra, donde fue clasificada en Triage III, pero igualmente remitida al Hospital Federico Lleras Acosta.
En este último centro asistencial, el personal de urgencias le manifestó que no podían atenderla porque la EPS mencionada no tenía convenio con la institución. Sin embargo, el Hospital Federico Lleras Acosta es una Empresa Social del Estado, lo que implica la obligación de recibir a cualquier paciente que requiera atención.
Cetina Parra recordó que la Ley 1751 de 2015 establece la salud como derecho fundamental, y que la Resolución 3100 de 2019 regula procesos prioritarios como historia clínica y registro. Además, la Resolución 5596 de 2015 define los criterios de clasificación del triage, que en este caso habrían sido ignorados.
El defensor responsabilizó directamente a la gobernadora del Tolima, Adriana Magali Matiz, en su calidad de presidenta de la junta directiva del hospital, por la omisión en la atención. Recalcó que el Hospital Federico Lleras Acosta debe cumplir su función social sin excepciones.




