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Salario mínimo de 2027: el debate sobre inflación y municipios

Una columna del economista Juan Pablo Herrera plantea que el ajuste debe considerar inflación, productividad y efectos de la indexación en los municipios.

Por Jennyfer Alexandra Guzmán HerreraRedacción EXTRA
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Salario mínimo de 2027: el debate sobre inflación y municipios
Imagen de portada · Grupo Editorial Central

La discusión sobre el salario mínimo que regirá en Colombia durante 2027 vuelve a poner sobre la mesa los desafíos de encontrar un incremento que responda a las condiciones económicas del país. En una columna publicada en La República, Juan Pablo Herrera Saavedra, decano de la Facultad de Economía de la Universidad Externado de Colombia, analiza los criterios que deberían orientar esta decisión y advierte sobre sus efectos en las finanzas públicas y la administración territorial.

Inflación y productividad, claves para definir el aumento

El autor recuerda que la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales tiene como plazo el 15 de diciembre para alcanzar un acuerdo entre Gobierno, empresarios y trabajadores. Si no se logra una decisión concertada, el Ejecutivo deberá establecer el incremento antes de finalizar el año, teniendo en cuenta factores como la inflación, el crecimiento económico, la productividad y la participación de los salarios en el ingreso nacional.

A partir de sus estimaciones, Herrera plantea que, si Colombia termina 2026 con una inflación entre 6,8 % y 6,9 % y un crecimiento de la productividad laboral cercano al 1,3 %, el aumento del salario mínimo podría ubicarse alrededor de 8,1 % o 8,2 %. Se trata de un cálculo presentado por el columnista y no de una propuesta oficial ni de una cifra acordada.

El impacto de la indexación en los municipios

Uno de los puntos centrales del análisis es la relación entre el salario mínimo y la categorización de los municipios. El autor explica que la clasificación territorial contemplada en la Ley 617 de 2000 utiliza los Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD), cuyos rangos se expresan en salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Según Herrera, cuando el salario mínimo aumenta de manera considerable, los umbrales utilizados para clasificar a los municipios también se modifican. Esto puede ocasionar que localidades que han incrementado sus ingresos y mejorado su recaudo queden en una categoría inferior, debido a que sus recursos no crecieron en la misma proporción que el salario mínimo.

El columnista advierte que esta situación puede distorsionar la lectura de la capacidad financiera de los gobiernos locales y propone revisar el mecanismo para separar la dinámica del mercado laboral formal de los criterios utilizados para evaluar los ingresos municipales.

Concertación y formalidad laboral

La columna también hace referencia al proceso de fijación salarial del año anterior y al debate jurídico relacionado con el Decreto 1469 de 2025, cuya revisión atribuye al Consejo de Estado. Para el autor, la discusión de 2027 representa una oportunidad para fortalecer la concertación y evitar que el ajuste se aparte de los indicadores económicos contemplados en la normativa.

Finalmente, Herrera destaca la importancia de que el Ministerio de Trabajo impulse políticas e incentivos para ampliar la formalidad laboral, en lugar de concentrar su actuación únicamente en labores de inspección y sanción.

El análisis pone de relieve que la definición del salario mínimo no solo tiene consecuencias sobre los ingresos de los trabajadores, sino que también puede incidir en otros indicadores y mecanismos de la economía colombiana.

Fuente: La Republica

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