La Corte Suprema de Justicia dejó en firme una condena relacionada con un procedimiento de cirugía estética practicado en Florencia que terminó con graves consecuencias para una paciente. La decisión judicial mantiene la responsabilidad penal de Tatiana Paola Caballero Ortega por una intervención realizada en 2021, pese a que no contaba con la habilitación requerida para efectuar ese tipo de procedimientos médicos.
El caso se originó luego de una intervención que incluyó una dermolipectomía abdominal de 360 grados, marcación de la zona abdominal y transferencia de tejido a los glúteos. Después de la cirugía, la mujer presentó necrosis en el abdomen, una complicación que obligó a realizarle posteriormente un procedimiento reconstructivo mediante injertos de piel. Las secuelas dejaron una deformidad física de carácter permanente.
A las complicaciones iniciales se sumó posteriormente una embolia pulmonar, situación que hizo parte de las consecuencias examinadas durante el proceso judicial. La investigación permitió establecer que Caballero Ortega había asumido la realización del procedimiento y también intervenido en el manejo posterior de la paciente.
El Tribunal Superior de Florencia había impuesto inicialmente una pena de 12 meses de prisión y una multa equivalente a ocho salarios mínimos. La defensa recurrió la decisión y el caso llegó a la Corte Suprema, que ahora resolvió mantener la condena.
Uno de los argumentos analizados por la Sala de Casación Penal estaba relacionado con la posibilidad de que la propia paciente hubiera asumido voluntariamente los riesgos del procedimiento. La defensa planteó, en esencia, que existía una supuesta autopuesta en peligro que debía tenerse en cuenta al establecer la responsabilidad.
Sin embargo, la Corte no acogió esa tesis. Según el análisis judicial, la mujer no tenía conocimiento de que la persona que realizaría la intervención carecía de la habilitación necesaria para desarrollar ese tipo de procedimientos. Por esa razón, no podía atribuirse a la paciente la decisión de exponerse conscientemente a un riesgo derivado de esa circunstancia.
La corporación también tuvo en cuenta que Caballero Ortega mantuvo el control tanto de la intervención quirúrgica como de las actuaciones posteriores relacionadas con la atención de la paciente. Con la decisión de la Corte Suprema, queda confirmada la condena impuesta por el Tribunal Superior de Florencia y se mantiene el fallo dentro del proceso penal.




