A la fuerza las reformas, mediante una carta, el viceministro de Trabajo, Edwin Palma, presentó seis borradores de decretos con el objetivo de revivir ciertos artículos de la reforma laboral que fueron rechazados en el primer debate en el Congreso. Aunque la reforma sobrevivió en la legislatura que concluyó la semana pasada, varias propuestas de organizaciones sindicales no prosperaron en la Cámara de Representantes. La carta, titulada “Modificaciones normativas que se pueden hacer por decreto y que implican una reforma laboral”, propone cambios a través de decretos en aspectos como el fortalecimiento de los derechos sindicales, la regulación de la negociación colectiva, la limitación de la tercerización ilegal y la modernización del derecho de huelga.
Revisa Preocupación nacional debido a los fallidos diálogos de paz
Las modificaciones
La carta asegura que las modificaciones cuentan con el respaldo de la jurisprudencia nacional y las recomendaciones de organismos internacionales como la OIT y la OCDE. El decreto sujeto a modificación es el 1072 de 2015, que compila todas las normas laborales reglamentarias. Los nuevos decretos abarcan diversos temas. El primero trata sobre el procedimiento de votación sindical y el recaudo de cuotas sindicales, y busca modificar el Decreto 1072 de 2015 para mejorar el proceso de votación sobre huelgas y tribunales de arbitramento, además de regular la renuncia a los beneficios de la convención colectiva por parte de trabajadores no afiliados a sindicatos.
Los trabajadores y trabajadoras
«El presente decreto modifica y adiciona las normas referidas a los siguientes temas: el respeto por los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras, y el entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales. Esto incluye la modificación de las facultades del Ministerio del Trabajo para verificar las votaciones establecidas en el artículo 444 del Código Sustantivo de Trabajo y la modificación del artículo referente al recaudo de cuotas sindicales para los trabajadores no sindicalizados que se benefician de una convención colectiva», señala el borrador del decreto. El segundo tema aborda el procedimiento y designación de árbitros en asuntos laborales, detallando el proceso para convocar e integrar los tribunales, así como los pasos a seguir en caso de que las partes se nieguen a designar árbitros.
Huelgas
La tercera modificación se refiere a la fijación de servicios mínimos en huelgas de servicios públicos esenciales. Este cambio establecería las normas para determinar los servicios mínimos que deben mantenerse durante las huelgas que afecten servicios esenciales. Además, se aborda la tercerización laboral, especificando cuándo se considera ilegal y estableciendo las diferencias entre tercerización e intermediación laboral. Finalmente, se propone una modificación para la unificación y regulación de la negociación colectiva en Colombia. Esta modificación busca fomentar negociaciones basadas en el principio de buena fe, asegurando la participación equitativa de empleadores y trabajadores.
Mira Manejo irregular en la SAE




