Un juez de tutela del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante sentencia,
precisó que la Defensoría del Pueblo procedió con respeto y garantía de los derechos
fundamentales en el desarrollo de la Mesa de Negociación Sindical 2023. El dictamen fue
dado luego de los reclamos expuestos por la organización sindical Sindeph, que no
cumplió con los requisitos de comparecencia para formar parte de la Mesa.
Recientemente, la autoridad judicial decidió la acción de tutela interpuesta por Sindeph
en contra de la entidad nacional protectora de los derechos humanos. En el fallo, le dio la
razón a la Defensoría y a sus representantes en la Mesa.
Los magistrados resolvieron no amparar los derechos que la organización sindical alegó
como supuestamente vulnerados tras concluirse que no atendió los requisitos de
comparecencia previstos en el artículo 8 del Decreto 160 de 2014, por ende, no podía
tener asiento en la negociación.
Sentencia
La sentencia determina que la Defensoría, encargada de defender y garantizar los
derechos fundamentales, actuó de manera correcta y ajustada a derecho y que no fueron,
dice otro aparte de la sentencia: “vulnerados los derechos a la negociación colectiva,
asociación sindical o debido proceso de la parte demandante, pues como se encuentra
acreditado, no cumplió con los requisitos de comparecencia sindical para la negociación
colectiva, siendo de su resorte, en atención al debido proceso comprobarlos”.



