José Antonio Hernández Benavides, fue detenido en planes de registro y control, quienes le hallaron en su poder un arma de fuego, tipo escopeta, y al preguntarle sobre la documentación requerida, este manifestó no poseerla.
Acto seguida los agentes, le leyeron los derechos y le indicaron que iba a ser investigado por el delito de Fabricación, Tráfico, Porte o Tenencia de Armas de Fuego, Accesorios, Partes o Municiones.
Lo detuvieron
El arma que fue valorada en $400.000, fue confiscad y él llevado a las instalaciones de la URI de la Fiscalía.
Por esta conducta el Código Penal señala: “el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego, incurrirá en prisión de 9 a 12 años.
Porte ilegal
Salvo las escopetas de fisto en zonas rurales, en Colombia está prohibido el tráfico, fabricación o porte de armas de fuego hechizas, artefactos que no pueden ser catalogados como armas deportivas.
Así lo estableció la Corte Suprema de Justicia, al señalar que la prohibición de dichos elementos bélicos artesanales impide la posibilidad de obtener permiso oficial para producirlos, comercializarlos, comprarlos, tenerlos o portarlos.