15 de marzo: Qué hay detrás de la celebración del Día Mundial del Consumidor [VIDEO]

Esta fecha fue establecida en el año 1962, gracias al presidente John F. Kennedy y quien decretó que todas las personas sin distinción de clases, tuvieran derecho a disfrutar de ciertos beneficios como consumidor.
Fue a partir de 1983 que comenzó a celebrarse el día Mundial del Consumidor.
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Un día como hoy, 15 de marzo, como todos los años se celebra el día Mundial del Consumidor y es que está fecha nació en 1962, cuando el presidente de los Estados Unidos, John F Kennedy, proclamó las siguientes palabras: «Todos somos consumidores.

Es el mayor grupo económico que se ve afectado y afecta a casi todas las decisiones económicas públicas y privadas. Sin embargo, es el único grupo importante cuyas opiniones no se escuchan lo suficiente». 

Fue hasta 1983 que la ONU que declaró el 15 de marzo como el día Mundial de los Derechos de los Consumidores y lo hace para recordar ese memorable discurso de J.F Kennedy.

En Colombia:

En Colombia, en 1968 se crea la Superintendencia de Industria y Comercio, que en 1976 comienza con funciones de control y vigilancia de precios, pero que con el paso del tiempo adquiere funciones de regulación, vigilancia y control a otro tipo de actividades entorno a la industria y el comercio.

No obstante, es hasta el 2001 que se crea la Delegatura de Protección al Consumidor, con el objetivo de proteger al consumidor por medio del conjunto de normas que regulan las relaciones de consumo resultado de la cadena de comercialización de bienes y servicios entre productores, proveedores y expendedores.

Algunos de los temas de los que se encarga esta Delegatura son:

1. Publicidad engañosa

2. Baja calidad en productos

3. El incumplimiento de garantías

4. La financiación de compras

5. Los inconvenientes con el precio de un producto o el pago de un servicio.

Por que es importante este día del Consumidor: 

La idea de celebrar el Día Mundial de los Derechos del Consumidor es que las personas asuman un rol protagonista para defender sus derechos y poder exigir productos de calidad, que no dañen su salud, ni mucho menos al medioambiente.

Gracias a la compra de productos y el acceso a los servicios, la economía de los países puede seguir expandiéndose. Sin embargo, es importante, que tengamos una posición crítica a la hora de defender nuestros derechos para que los mismos no sean vulnerados.

 

Derechos de los consumidores

En Colombia a través de la Ley 1480 de 2011, por medio de la cual fue adoptado el Estatuto del Consumidor, se consagran los siguientes derechos de la población en su condición de consumidora: 

1. Derecho a recibir productos de calidad: es decir, que el producto sí cumpla con las condiciones anunciadas y esté respaldado con la garantía legal.

2. Derecho a la seguridad e indemnidad: que los productos ofrecidos no pongan en riesgo ni perjudiquen a quien los consume.

3. Derecho a recibir información: sobre este derecho es necesario resaltar las características que, según la ley, debe tener la información, a saber: “información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación, así como sobre los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos”.

4. Derecho a recibir protección contra la publicidad engañosa, la cual se entiende como “Aquella cuyo mensaje no corresponda a la realidad o sea insuficiente, de manera que induzca o pueda inducir a error, engaño o confusión.” De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, para hacer efectivo el derecho de estar protegidos contra la publicidad engañosa, el Estado debe adoptar medidas idóneas al respecto.  

5. Derecho a la reclamación, que puede ser ejercido cada vez que el consumidor considere que debe ser reparado por que sufrió algún daño, con ocasión del consumo de cierto bien o servicio.

6. Protección contractual, esto es, derecho a que los contratos de adhesión no tengan cláusulas abusivas.

7. Derecho de elección, que según la Ley es poder elegir libremente los bienes y servicios que se requiera. Recordemos aquí que, para poder hacer elecciones libres, lo primero que se les debe garantizar a los consumidores, es información cierta y verificable sobre los bienes o servicios ofrecidos por productores y prestadores; si la información es incompleta, falsa o confusa, es decir si está viciada, la elección también lo estará.

8. Derecho a la participación, los consumidores tienen derecho a asociarse en defensa de sus derechos e intereses, tienen derecho a participar y a que quienes cumplen funciones públicas los escuchen a la hora de adoptar leyes o reglamentos que les conciernen.

9. Derecho de representación, esto es, los consumidores pueden delegar su participación en los representantes que elijan, que bien pueden ser personas naturales o jurídicas.

10. Derecho a informar: Los consumidores, sus organizaciones y las autoridades públicas tendrán acceso a los medios masivos de comunicación, para informar, divulgar y educar sobre el ejercicio de los derechos de los consumidores.”

11. Derecho a la educación: es decir, recibir educación respecto a nuestros derechos como consumidores.

12. Derecho a la igualdad, que en palabras de la Ley significa “Ser tratados equitativamente y de manera no discriminatoria.”


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