¿Se puede heredar más de una pensión en Colombia? Esto es lo que debe saber

Los hijos, cónyuges o familiares de un afiliado fallecido pueden heredar la pensión si cumplen con los requisitos legales, incluso en algunos casos se pueden recibir dos pensiones simultáneamente.
PENSIÓN
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En Colombia, la pensión es un ahorro acumulado que se entrega al trabajador al cumplir con ciertos requisitos, como una edad mínima y un número de semanas cotizadas. Pero ¿qué sucede cuando el titular fallece? En ese caso, entra en juego la pensión de sobrevivencia, una figura que permite que los familiares del afiliado fallecido puedan recibir su pensión bajo determinadas condiciones.

¿Quiénes tienen derecho a heredar la pensión?

El derecho a heredar una pensión depende del tipo de régimen pensional (privado o público) y del vínculo con el fallecido. Según Porvenir, entidad administradora de fondos privados, los beneficiarios de ley son:

  • Cónyuge o compañero permanente: debe demostrar al menos cinco años de convivencia continua con el afiliado fallecido.
  • Hijos menores de 18 años o entre 18 y 25 años que estén estudiando y dependan económicamente del padre o madre fallecido.
  • Hijos o hermanos con discapacidad, si demostraban dependencia económica.
  • Padres del afiliado, únicamente si dependían económicamente de él.

¿Es posible heredar más de una pensión?

Sí. Se puede heredar más de una pensión, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales en cada caso. Por ejemplo:

  • Un hijo puede recibir pensión por sobrevivencia de ambos padres, si los dos eran pensionados o cumplían con los requisitos mínimos.
  • Una persona también puede recibir simultáneamente la pensión de su pareja y la de uno de sus padres, siempre que cumpla con las condiciones establecidas por la ley, como la dependencia económica y la ausencia de ingresos propios suficientes.

Requisitos para acceder a la pensión por sobrevivencia

Para que un familiar pueda acceder a esta pensión, el afiliado fallecido debió haber cotizado al menos 50 semanas durante los últimos tres años antes de su muerte. Además:

  • La causa de muerte no debe estar relacionada con accidente o enfermedad laboral.
  • Hijos beneficiarios deben ser menores de 18 años o hasta los 25 si están estudiando.

Diferencias entre fondos privados y públicos

En los fondos privados, como Porvenir, si no hay beneficiarios de ley, la pensión puede heredarse a familiares hasta el quinto grado de consanguinidad, como primos, tíos o sobrinos. Esta transferencia se realiza a través de una escritura pública o juicio de sucesión.

En cambio, en los fondos públicos, solo los beneficiarios de ley pueden recibir la indemnización sustitutiva, es decir, cónyuge, hijos y padres bajo los criterios antes descritos.


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