Rechazan reclamación contra precio del pasaje.
La Alcaldía de Tunja ratificó la vigencia del Decreto 0006 de 2026, norma mediante la cual se estableció el incremento en las tarifas del transporte público colectivo en la ciudad. La decisión se tomó luego de que la administración municipal rechazara los recursos de reposición y apelación presentados por el ciudadano Edwar Javier Parra Guerrero, quien había solicitado revisar la legalidad del acto administrativo que fijó los nuevos valores del pasaje.
De acuerdo con la Resolución 0535 del 6 de marzo de 2026, firmada por el despacho del alcalde Mikhail Krasnov, el decreto corresponde a un acto administrativo de carácter general, lo que significa que tiene efectos impersonales y abstractos para toda la comunidad. Por esta razón, la administración explicó que este tipo de decisiones no puede ser controvertido mediante recursos ordinarios dentro de la vía administrativa.
La controversia se originó el pasado 12 de febrero, cuando Edwar Parra Guerrero, presidente de la Asociación de Juntas de Acción Comunal de Tunja (Asojuntas), presentó una reclamación formal ante la Alcaldía. En su solicitud argumentó que el decreto no contaba con estudios técnicos suficientemente detallados ni con una metodología clara que sustentara el aumento en la tarifa del transporte público. Además, cuestionó que no se hubiera realizado un proceso previo de participación ciudadana antes de expedir la medida.
El líder comunal también manifestó inquietudes frente a las jornadas de socialización que, según él, se realizaron después de la firma del decreto, lo que a su juicio limitó la posibilidad de que la ciudadanía conociera y debatiera el contenido de la decisión antes de su implementación.
Frente a estos señalamientos, la administración municipal sostuvo que el decreto fue expedido con el propósito de garantizar la sostenibilidad del servicio público de transporte y mantener el equilibrio financiero del sistema en la ciudad. Asimismo, indicó que la normativa vigente establece que los actos administrativos de carácter general solo pueden ser demandados ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo mediante un medio de control de nulidad, tal como lo señala el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
En cuanto a la solicitud de revocatoria directa presentada por el ciudadano, la Alcaldía también decidió negarla. Según el documento oficial, no se evidenció que el decreto vulnerara de manera manifiesta la Constitución o la ley, razón por la cual se mantiene la presunción de legalidad del acto administrativo.
Con esta determinación, continúan vigentes las tarifas que entraron en funcionamiento desde el pasado 2 de febrero. El pasaje quedó fijado en 2.600 pesos para el horario diurno en días ordinarios y en 2.700 pesos para el servicio nocturno, así como para domingos y festivos. Estos valores se aplican en las 21 rutas y ramales que operan dentro del perímetro urbano y rural de Tunja.




