SE HACÍA PASAR POR SECUESTRADO

Luis Alberto Morales Almonacid, capturado.
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La familia del patrullero Luis Alberto Morales Almonacid se encontraba con mucha preocupación tras no saber del paradero de su familiar, este patrullero se había reportado como desaparecido luego de no presentarse en la Estación de servicio del municipio de Saravena el pasado 26 de mayo del presente año. En las últimas horas se dio a conocer por parte de las autoridades de la ciudad de Bogotá que este hombre fue capturado en un establecimiento comercial cuando se encontraba jugando billar y tomando algunas cervezas, el delito por el cual fue capturado es por abandono de servicio.

Preocupación

Como se mencionó anteriormente, el patrullero debía presentarse luego de haber cumplido su licencia de permiso, sin embargo, luego de no haber cumplido con esto, la angustia de la familia empezó a tomar las riendas de la situación, pues se presumía que pudo haber sido secuestrado por parte de algún grupo armado de la región por el hecho de ser autoridad del país. Ante esta situación, la familia de Luis Alberto encendió las alarmas públicamente y solicitaron que dado el caso de que, si se tratara de un secuestro, se le respetara la vida y lo dejaran libre sin poner en riesgo la vida de él o de la misma familia que lo estaba esperando. 

Prisión

Durante la captura de este hombre, él mismo reconoció la falta que había cometido al no presentarse a la estación, confirmando que sí había actuado en abandono del servicio. «El Oficial o Suboficial de la Fuerza Pública, o el personal de agentes o del nivel ejecutivo de la Policía Nacional que abandone los deberes propios del cargo por más de cinco (5) días consecutivos, o no se presente al respectivo superior dentro del mismo término contado a partir de la fecha señalada por los reglamentos u órdenes superiores, para el cumplimiento de actos del servicio, o no se presente dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha del vencimiento de una licencia, permiso, vacaciones o de su cancelación comunicada legalmente, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años», esto según el código penal militar en su artículo 107.


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