Se avecina la conformación del Consejo Departamental de Juventud en el Tolima

En la seccional se desarrollará la escogencia de los 15 representantes de las subregiones para tener una alta representación.
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De acuerdo con la Gobernación tolimense, el mandatario seccional Ricardo Orozco firmó el acuerdo para que los jóvenes de los 47 municipios del departamento elijan a sus 15 representantes a escala regional. Todo esto es un proceso a consecuencia de las elecciones de los Consejos Municipales de Juventud que tuvieron lugar en diciembre y que dieron como resultado la conformación de un grupo de garantes del desarrollo de la población juvenil.

A detalle

Cabe mencionar que según el Ministerio de Educación, “en cada uno de los departamentos se organizará un Consejo Departamental de Juventud integrado por un número impar, no menor de cinco ni mayor de 15 miembros, delegados de los consejos municipales de juventud y designados para un período de tres años”.

Cercanía con la juventud

“Desde la Dirección de Infancia y Juventud celebramos la conformación del Consejo Departamental de Juventud, un espacio que en definitiva fortalece la comunicación y la relación que tenemos con los jóvenes del departamento, eje fundamental del Plan de Desarrollo del gobernador”, sostuvo Nayareth Castaño, directora de Infancia y Juventud del Tolima.

La firma

Asimismo, Castaño comentó que “sin lugar a duda, con la firma de este Decreto 157 del 2 de febrero del presente año, avanzamos en la dirección correcta para que los jóvenes tengan una participación más activa en la toma de decisiones en el Gobierno Departamental”. Lo anterior teniendo en cuenta que en todo el país, el número de votantes fue bastante bajo.

El mecanismo

Así las cosas, este consejo departamental contará con un reglamento interno y una agenda de actividades para que sirva como mecanismo en la toma de decisiones e intervenciones de los jóvenes en las dinámicas sociales del Tolima, con el apoyo de los entes gubernamentales y otros actores sociales para fortalecer los proyectos para este grupo poblacional.

La previa

Es necesario mencionar que de acuerdo con el artículo 17 del capítulo III del decreto 0089 de Febrero 2 de 2000 “previa convocatoria que efectúe el gobernador, cada Consejo Municipal de Juventud de la respectiva jurisdicción, designará un delegado al Consejo Departamental de Juventud”.


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