Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, dos jueces de control de garantías privaron de la libertad a cinco hombres y una mujer, quienes fueron hallados como presuntamente, responsables de comercializar estupefacientes en pequeñas cantidades en dos barrios de la ciudad de Villavicencio.
Los procesados fueron capturados por la Sijin de la Policía Nacional en desarrollo de dos diligencias de allanamiento y registro realizadas en inmuebles de los barrios Villa Suárez y Catumare de Villavicencio.
Autoridades judicializaron a Andrés Camilo Leal Clavijo, Santiago Gutiérrez Garzón, Zabda Zakura Cardona Forero y Juan Carlos Torres Muñoz, ya que según el parte oficial de las autoridades fueron capturados en el barrio Catumare, señalaron las autoridades que estas personas, elaboraban, dosificaban y vendían drogas sintéticas a jóvenes del sector además los implicados al parecer estarían creando una red delincuencial con fines de agrandar su red criminal y comenzar a dominar el sector.
En Villa Suárez
La siguiente captura se ejecutó bajo un operativo realizado en el barrio Villa Suárez, en este lugar fueron capturados en flagrancia Angie Tatiana Navas Suárez y Miguel Ángel Arias Romero, quienes, al parecer, dosificaban y comercializaban marihuana en el sector, motivaciones que permitieron que togados los enviaran a la cárcel.
Los procesados fueron imputados por el delito de fabricación, tráfico y porte de estupefacientes. Pero ninguno de los implicados quiso aceptar su responsabilidad frente a estos cargos, cada uno de ellos se declaró inocente, lo que al parecer alargaría el proceso y desgaste judicial.
Cárcel
Frente a los casos, un juez encargado ordenó detención intramural contra Cardona Forero y Torres Muñoz, quienes en cada sector serían los supuestos cabecillas y autores de los actos delictivos, mientras que para las demás personas dispuso detención domiciliaria, pues al parecer no representan un peligro para la sociedad.
“El que, sin permiso de autoridad competente, introduzca al país, así sea en tránsito o saque de él, transporte, lleve, consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera, financie o suministre a cualquier título sustancia estupefaciente, psicotrópica o drogas sintéticas, incurrirá en prisión de 10 a 30 años de prisión intramural”, Según el artículo 376 del código penal colombiano




