En el municipio de Ipiales cada vez más se dan a conocer precandidatos que se enfrentarán en la contienda electoral a desarrollarse el próximo 29 de octubre del presente año por los cargos de concejales, diputados y alcalde, razón por la cual desde la actual Administración se dio a conocer en las últimas horas el decreto 046 del 2023 con el cual se regula el uso de la propaganda política y se dictan otras disposiciones.
En este orden de ideas, el decreto que fue firmado por el actual alcalde, Luis Fernando Villota y revisado por el secretario de Gobierno, Nelson Eduardo Páez, dispuso una serie de artículos guiados en una primera instancia a la regulación de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas, pendones y de vallas publicitarias del cual pueden hacer uso los partidos políticos y movimientos sociales y demás en cuanto a la recolección de firmas y elecciones de los comicios regionales.
Teniendo en cuenta lo anterior, los elementos publicitarios autorizados a los cuales tendrá derecho cada partido o movimiento político con personería jurídica, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos serán 8 elementos de publicidad exterior visual tipo malla con un área máxima de 48 metros cuadrados. De la misma forma sólo se permitirá la ubicación de un pendón en casa sede política que esté debidamente registrada en la Secretaría de Gobierno, el cual deberá tener un área de 9 metros cuadrados.
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Con respecto a las afueras del perímetro urbano se estableció que únicamente se permitirá la ubicación de cuatro pendones, cuya área máxima tendrá que ser de 9 metros cuadrados, los cuales tendrán que ser de tela o elaborados de tal manera que permitan la circulación del aire. Mientras que en lo referente a los corregimientos de La Victoria y Cofania Jardines, así como en los centros poblados de San Juan, Las Lajas, y Yaramal se podrán localizar tres perdones con las mismas especificaciones anteriores.
En cuanto a los medios escritos se podrán sacar hasta cuatro avisos hasta del tamaño de una página por edición. Por su parte se determinó que los afiches igualmente podrán ser puestos en propiedad privada con previo permiso del propietario del inmueble y se podrán instalar banderas en las sedes políticas, las cuales tendrán que tener un tamaño adecuado física, visual, arquitectónicamente y estructuralmente, entre otras disposiciones.

															


