Un juzgado administrativo de Duitama tomó la decisión que tiene que ver con el municipio boyacense

El Juzgado 2 Administrativo de Duitama no repuso la decisión adoptada de efectuar una serie de requerimientos y modulaciones de fallo de acción popular que le ordeno al Municipio de Soata y al Departamento de Boyacá la ejecución de los estudios técnicos necesarios y las obras que emanen de estos, sea de reforzamiento o nueva construcción del Colegio Juan José Rondón de Soata, la culminación de las obras sobre los escenarios deportivos y medidas preventivas emanadas de visitas realizadas por gestión del riesgo del Departamento de Boyacá.
En términos precisos las entidades deben presentar cronograma de ejecución de consultorías técnicas que se adelantan sobre el Colegio y el muro perimetral, la etapa precontractual, contractual y ejecución real de las obras publicas que demanda con urgencia la institución educativa.
“Teniendo en cuenta lo anterior el juzgado 2 Administrativo de Duitama rechazó el recurso de reposición elevado contra auto que apertura desacato contra el Alcalde Soata por ser abiertamente improcedente se rechaza recurso elevado contra auto que apertura desacato contra el Alcalde de Soata por incumplimiento de las órdenes judiciales contenidas en sentencia de primera instancia de acción popular que le ordena al Municipio de Soata y al Departamento de Boyacá la ejecución de los estudios técnicos y las obras de reforzamiento o nueva construcción del Colegio Juan José Rondón de la localidad, las medidas preventivas y la terminación de las obras de construcción de escenarios deportivos, órdenes judiciales que en su mayoría están desacatadas hasta la altura procesal”, comentó, Yesid Figueroa, accionante.




