Reacciones: Senado de Colombia aprobó la reforma laboral de Petro

Con 57 votos a favor y 31 en contra se aprobó la reforma laboral en el Senado, falta la aprobación de la conciliación con la Cámara.
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El Senado de Colombia aprobó este 18 de junio a altas horas de noche el proyecto de reforma laboral del presidente, Gustavo Petro, rechazado en abril y resucitado luego de que el mandatario izquierdista promoviera una consulta popular para someter su propuesta al voto ciudadano.

«Un paso histórico hacia el trabajo digno», celebró la Presidencia colombiana en su cuenta en X.

Con 57 votos a favor y 31 en contra, e incluyó todos los puntos clave que el gobierno del izquierdista Petro considera vitales.

El presidente Petro no quedó muy contento y manifestó «Lo que ha salvado la reforma laboral es que decidimos hacer una consulta»

«Si no, estamos enterrados hace tiempos. la decisión de hacer una consulta es lo que mantiene viva la reforma y el pueblo en las calles respaldándonos»”»

robación del texto se dio con la ausencia del senador opositor Miguel Uribe, también aspirante a la presidencia de Colombia, hospitalizado en estado crítico desde hace más de una semana tras ser baleado durante un acto proselitista en Bogotá.

Arículos aprobados :

Artículo 6: Establece que los contratos a término fijo solo podrán renovarse hasta por 4 años. Si se supera ese límite, el contrato deberá pasar a indefinido. Fue aprobado con 74 votos por el sí y 10 por el no, con respaldo transversal y con ponencia de consenso del senador Ariel Ávila.

Artículo 13: Con 87 votos a favor, garantiza que no se requerirá permiso del Ministerio de Trabajo para pagar horas extras, medida que flexibiliza los procesos administrativos para los empleadores formales.

Artículo 16: Regula la contratación de personas con discapacidad, aprobando que las empresas con más de 500 trabajadores deberán vincular una persona con discapacidad por cada 100 adicionales. La oposición del Pacto Histórico (senadoras Esmeralda Hernández y Jael Quiroga) pidió mantener la proporción anterior de 2 personas, denunciando un beneficio injustificado a grandes empresas.

Artículo 19: Avala medidas contra la discriminación laboral, con 72 votos a favor. Aunque no fue objeto de debate amplio, refuerza el principio de igualdad en el acceso y permanencia en el empleo.

Artículo 21: Reconoce como experiencia laboral válida las actividades productivas realizadas por personas privadas de la libertad. Fue aprobado con proposiciones adicionales que incluyen su certificación formal, con el objetivo de promover la resocialización y reducir la reincidencia.

Artículo 36: Incluye medidas para formalizar el trabajo en microempresas y hogares, estableciendo que el Ministerio de Salud deberá reglamentar en 12 meses aspectos de licencias en tiempo parcial. También se aprobó que las droguerías deben prestar servicios nocturnos y de madrugada.

Artículos 45 y 49: Se aprobaron disposiciones específicas para los artistas y trabajadores de la cultura, con reconocimiento de su condición laboral, y se fortalecieron los controles a las empresas de servicios temporales, que muchas veces actúan como intermediarios ilegales.

Lo que está pendiente:

Jornal rural y trabajo campesino (Artículo 40):

Fue aprobado en la plenaria con proposiciones avaladas. El artículo busca incorporar al Código Sustantivo del Trabajo a los jornaleros agrícolas, otorgándoles salario mínimo, seguridad social y derecho a pensión.

La senadora Aida Avella y el senador Robert Daza defendieron que “no hay trabajadores de primera ni de segunda categoría”.

Sin embargo, hubo críticas desde la oposición, que calificaron la medida como un “engaño” que traslada el problema al Ejecutivo sin resolver el acceso real a pensión o salud.

Contrato de aprendizaje del SENA (Artículos 23 y 25):

Se mantiene abierto el debate sobre si el contrato de aprendizaje debe volverse laboral. Para Ariel Ávila, permitir que las empresas paguen sin contratar aprendices es “una aberración que acabaría con el SENA”. Por su parte, la senadora Clara López subrayó que “el SENA no es una universidad; allí hay productividad en la faena laboral”. La oposición teme que hacer obligatorio el carácter laboral lleve a una baja en la contratación de aprendices.

Licencias laborales: paternidad y menstrual:

La licencia de paternidad, actualmente de 15 días, se propone ampliar a hasta 4 semanas. El debate gira en torno a quién asumiría el costo: mientras que algunos proponen que el ADRES lo financie, otros como el senador John Jairo Roldán advierten que es inviable fiscalmente.

La licencia menstrual ha sido uno de los temas más álgidos de la discusión. Solo aplicaría para mujeres con endometriosis certificada, pero esto fue criticado por la senadora Esmeralda Hernández por “profundizar el sesgo patriarcal”. Desde la oposición, la senadora María Fernanda Cabal la calificó como un “invento ideológico” que podría “discriminar a las mujeres en edad fértil”. La senadora Angélica Lozano pidió equilibrio para evitar incentivos a la contratación masculina.

Cinco puntos clave de la reforma laboral:

Contrato a término indefinido como regla general:

Desde que el Gobierno del presidente Gustavo Petro radicó la reforma laboral, uno de los pilares más destacados ha sido la promoción del contrato a término indefinido. De esta manera, el artículo 5propone esta modalidad como eje transversal para garantizar la estabilidad laboral y aumentar la productividad de los trabajadores.

Lo anterior no significa que, una vez puesta en marcha la reforma, no se puedan celebrar otras formas de contratación. Tan solo aclara que para labores misionales, es decir, actividades esenciales en la compañía, el contrato a término indefinido debe ser la única opción. Para el caso de contratos a término fijo o por obra laboral, establece una serie de medidas que buscan mejorar las condiciones laborales de los trabajadores.

El artículo 5 recibió el apoyo mayoritario de la corporación.

Contratos a término fijo y obra labor:

Con 75 votos por el SÍ y 10 por el NO, la plenaria del Senado aprobó el artículo 6 que establece nuevos lineamientos para estos dos tipos de contrataciones.

En lo que refiere a término fijo, podrán celebrarse por un término no mayor a cuatro años y deberá darse por escrito.

Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un año, las partes, mediante acuerdo escrito, podrán prorrogar el número de veces que estimen conveniente; sin embargo, después de la cuarta prórroga, el contrato no podrá renovarse por un período inferior a un año.

También puede darse que si con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, éste se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de la prórroga. Esta misma regla aplicará a los contratos celebrados por un término inferior a un año, pero en este caso la cuarta prórroga automática será por un período de un año.

Ahora, en lo que respecta a contratos por obra labor, también deberá darse por escrito y si una vez finalizada la obra o labor contratada, el trabajador continúa prestando sus servicios, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido.

Si bien la plenaria del Senado aprobó que en ambas modalidades de contrato los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales, la iniciativa excluye a las empresas de estar obligadas al pago de retroactividad una vez entre en vigencia la reforma laboral.

Jornada nocturna inicia a las 7:00 p.m.:

El Congreso aprobó el artículo 13 de la reforma laboral, que redefine el inicio de la jornada nocturna en el país. La medida fue respaldada con 87 votos a favor y ninguno en contra, reflejando un consenso unánime entre los legisladores. Este cambio establece que el horario nocturno iniciará a partir de las 7:00 p. m.

Eso tiene una implicación para los trabajadores en materia salarial, pues por cada hora trabajada, el empleador deberá pagar 35% más del sueldo. El monto del recargo nocturno se mantiene, pero este aplicará más temprano, dado que en la actualidad la norma rige desde las 9:00 p.m.

Mejoras teletrabajo:

El empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad para teletrabajadores que devenguen menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. El auxilio de conectividad será equivalente al auxilio de transporte vigente y se ajustará anualmente de acuerdo con los criterios establecidos a la Ley 278 de 1996. Así lo estableció la plenaria del Senado, al aprobar el artículo 57 tal cual como venía de debates anteriores.

Horas extras con límites:

Al someter a votación el artículo 14, que establece un límite al trabajo suplementario, el Senado votó sí con 76 votos a favor y 11 en contra. De esta forma, las horas extras no podrán exceder dos horas diarias ni las 12 horas semanales.

El debate de la reforma laboral se retomará el próximo lunes 16 de junio cuando se discutan otros artículos que generan controversias como el de la jornada máxima legal para que se trabaje cuatro días y se descanse tres; definir si los festivos tendrán o no un recargo del 100% y el porcentaje de pago en contratos de aprendizaje para estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.


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