La Procuraduría General de la Nación solicitó al Tribunal Superior de Bogotá revocar la condena de 12 años de prisión domiciliaria impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez. El fallo de primera instancia, emitido por la jueza Sandra Liliana Heredia, lo halló culpable de fraude procesal y soborno en actuación penal. Razones por las que la Procuraduría pidió anular la condena contra Álvaro Uribe Vélez.
El procurador delegado Bladimir Cuadro argumentó en un documento de 81 páginas que la sentencia presenta “yerros probatorios” y una incorrecta valoración de las pruebas. Según el Ministerio Público, las inconsistencias jurídicas afectan de manera directa la validez de la condena.
Cinco puntos que sustentan la apelación
Entre los argumentos más relevantes, la Procuraduría señaló la falta de pruebas concluyentes que demuestren que Uribe instruyó al abogado Diego Cadena para manipular testigos. También cuestionó la interpretación de una llamada clave en la que el exmandatario le dijo: “Proceda, doctor Diego, que usted todo lo hace bien”, afirmando que sin contexto no puede considerarse prueba de un delito.

Otro punto fuerte de la apelación es la validez de las interceptaciones telefónicas entre Uribe y Cadena. El procurador insistió en que estas comunicaciones están protegidas por la reserva abogado–cliente, incluso sin un poder formal, y debieron ser excluidas del proceso.
Errores en testigos y aplicación jurídica
La Procuraduría cuestionó la valoración de testigos como Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez, alegando que no existe evidencia de que Uribe conociera los pagos hechos por Cadena, presentados como “aportes humanitarios”. Además, aseguró que la jueza aplicó de manera incorrecta figuras jurídicas, lo que llevó a una condena sin sustento en la Ley 906 de 2004.

El Ministerio Público reiteró que el fallo ignoró pruebas documentales y testimoniales que respaldan la versión de Uribe. La defensa del exmandatario, liderada por Jaime Granados, tiene plazo hasta el 13 de agosto para presentar sus argumentos ante la segunda instancia.
