Carlos Andrés Collazos Silva, enfrenta un complejo panorama legal y político luego de que el Consejo de Estado ratificara la pérdida de su investidura. Esta decisión, relacionada con hechos ocurridos cuando Collazos se desempeñaba como concejal de Villavicencio, ha generado una situación incierta respecto a su continuidad en el cargo como diputado.
Inhabilidad
La sanción, emitida en octubre pasado, tuvo como fundamento la violación del código de inhabilidades e incompatibilidades, un marco normativo diseñado para garantizar la transparencia y la ética en el ejercicio de los cargos públicos. Sin embargo, la aplicación de la sentencia ha encontrado trabas administrativas, ya que aún no se ha emitido la constancia oficial de ejecutoria que permitiría formalizar la vacancia del puesto.
En una carta dirigida a la presidencia de la Asamblea del Meta, Collazos expresó su disposición a someterse a las decisiones que esta corporación adopte en torno a su situación. En el documento, el diputado solicitó que se defina el impacto de la sentencia en su continuidad como miembro del organismo departamental, subrayando que su intención no es renunciar a la curul, sino buscar una solución legal y administrativa que aclare su condición.
Sin notificación
La respuesta de la Asamblea ha sido hasta ahora ambigua. Su presidente, Oswaldo Avellaneda, manifestó que no ha recibido notificación oficial sobre el fallo ejecutoriado, lo que, según él, limita cualquier actuación inmediata por parte de la corporación. Esta situación ha generado cuestionamientos entre los observadores políticos, quienes destacan la importancia de que las instituciones actúen con prontitud para evitar vacíos de poder o posibles conflictos de interés.
El caso de Collazos también ha puesto en la agenda pública la necesidad de revisar los procedimientos relacionados con las sanciones a servidores públicos. Aunque el fallo del Consejo de Estado fue emitido en octubre y ratificado posteriormente, la falta de claridad sobre los pasos a seguir refleja posibles debilidades en la articulación entre las instituciones judiciales y administrativas.
Por su parte, el demandante en el proceso advirtió que la sentencia quedó en firme el 3 de diciembre de 2024, lo que, desde su perspectiva, debería implicar la aplicación inmediata de la misma. Sin embargo, hasta que no se expida la constancia de ejecutoria, la Asamblea podría argumentar que no tiene facultades para actuar.




