Luego de que se hiciera pública la intervención del Tribunal Administrativo de Boyacá, al
negar a través de sentencia la demanda que había interpuesto el abogado Álvaro Darío
Becerra Salazar en contra de Coservicios, se han conocido detalles vinculados a este caso,
teniendo en cuenta que uno de los puntos a tratar era la exigencia de que la compañía
hiciera la publicación de los documentos de actividad contractual.
A raíz de los acontecimientos se ratificó desde el Juzgado de Sogamoso que la compañía al
ser reconocida como una sociedad de economía mixta con aporte del Estado, y otros
detalles trascendentales, se declaró la falta de legitimación en la causa pasiva de la
Compañía Servicios Públicos de Sogamoso.
Tribunal
“De lo anterior era posible concluir que la accionada no tenía la calidad de autoridad
pública, pues no encarna ni ejerce poder derivado del Estado, así como tampoco es un
particular que ejerza funciones públicas, pues dentro de su objeto está el de prestar los
servicios públicos, que no es lo mismo, pues así fue establecido por la Corte Constitucional
en sentencia C-037 del 2003, al señalar textualmente «(…) los conceptos de función
pública y de servicio público y les asigna contenidos y ámbitos normativos diferentes que
impiden asimilar dichas nociones, lo que implica específicamente que no se pueda
confundir el ejercicio de función públicas, con la prestación de servicios públicos”, explicó
el Tribunal.
¿Qué paso con la demanda interpuesta a Coservicios?
- julio 12, 2023
- 3:18 pm
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