- Origen y propósito del decreto
El 3 de junio de 2025, el presidente Petro anunció que, tras el rechazo del Senado el 14 de mayo (49 votos en contra y 47 a favor), convocaría una consulta popular por decreto para poner en marcha una reforma laboral con 12 preguntas clave. La intención era que el pueblo decidiera directamente sobre temas como recargos nocturnos, seguridad social para repartidores y recargo dominical. Desde el gobierno alegaron que la votación en el Senado tenía “vicios de constitucionalidad”, lo que justificaría el uso del decreto elpais.com+15radionacional.co+15infobae.com+15elcolombiano.com+5es.wikipedia.org+5es.wikipedia.org+5. - Controversia institucional
La convocatoria generó enorme tensión política e institucional. Oposición, gremios y juristas argumentaron que convocar una consulta popular por decreto, tras haber sido negada por el Congreso, atentaba contra la separación de poderes y equivalía a una “ruptura institucional” o incluso “golpe de Estado” reuters.com. Inclusive exministros y el Consejo Gremial criticaron duramente la maniobra, señalando que vulneraba la Constitución es.wikipedia.org+2lapatria.com+2asuntoslegales.com.co+2. - Frenos judiciales y suspensión
La Registraduría nacional, bajo Hernán Penagos, optó por suspender la aplicación del decreto hasta que los tribunales —Consejo de Estado y Corte Constitucional— se pronunciaran, con el fin de evitar una “anarquía constitucional” lajornada.co+15elpais.com+15elpais.com+15. Finalmente, el Consejo de Estado suspendió formalmente el decreto el 18 de junio, argumentando que era inconstitucional sin el aval del Senado reuters.com+1reuters.com+1. - Respuesta del Gobierno
Petro reaccionó afirmando que retiraría la convocatoria si la reforma laboral, ahora aprobada por el Senado, se consolida luego de la conciliación entre ambas cámaras reuters.com+13reuters.com+13lajornada.co+13. Defendió también el recurso de la consulta por decreto, acusó al registrador de “sedición” y señaló que depositarían el decreto ante la Corte Constitucional. El gobierno argumenta que el artículo 241 de la Constitución otorga ese mecanismo a la Corte para decidir sobre consultas nacionales elpais.com+3lajornada.co+3elpais.com+3. - Situación actual y perspectivas
En este momento, la reforma laboral ya está en etapa de conciliación legislativa (en sesiones extraordinarias), y se espera que el Congreso la apruebe sin necesidad de consulta lajornada.coelpais.com+1elpais.com+1. La consulta popular no avanza mientras permanece suspendida judicialmente, y el foco ya se dirige hacia la aprobación definitiva tanto de la reforma laboral como de la pensional. Políticamente, el episodio muestra la alta polarización del país, con tensiones entre Ejecutivo, Congreso y justicia, y marca un precedente sobre los límites del uso de decretos presidenciales en mecanismos participativos.
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