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Ángel María Gómez explicó cómo el nuevo Estatuto Tributario transformará el cobro del predial.

El anuncio del nuevo Estatuto Tributario de Ibagué desató inquietudes entre miles de contribuyentes, especialmente en los sectores más vulnerables. El secretario de Hacienda, Ángel María Gómez, y la secretaria de Planeación, Daniela Cabrera, detallaron los alcances de la reforma, que llega después de más de diez años sin ajustes, en medio de un crecimiento acelerado del avalúo de predios urbanos y rurales tras la incorporación de más de 25.000 inmuebles que antes no aparecían en la base oficial.

Ambos funcionarios explicaron que la actualización catastral tenía un riesgo evidente: un fuerte golpe al bolsillo de la gente. Sin embargo, señalaron que el Estatuto fue diseñado para evitar que ese impacto se tradujera en incrementos desproporcionados, sobre todo en los estratos 1 y 2, donde se concentra una población históricamente vulnerable.

La secretaria de Planeación aseguró que una de las prioridades fue equilibrar la carga tributaria teniendo en cuenta las realidades del territorio. Según Cabrera, el 97% de Ibagué es zona rural, y allí habitan familias que dependen directamente de actividades agropecuarias. Por eso, el Estatuto ahora diferencia entre una vivienda campestre y una finca productiva, asignando tarifas distintas según el uso del predio.

Asimismo, se incorporaron categorías para pequeña, mediana y gran propiedad rural, además de tarifas para predios agroturísticos y ecoturísticos. Cabrera precisó que incluso las viviendas con pequeños comercios seguirán pagando como vivienda si la actividad comercial ocupa menos del 40% del área.

El secretario de Hacienda detalló cómo operarán los alivios para controlar el impacto del avalúo. Las tarifas seguirán siendo las mismas, pero se crearán descuentos progresivos: quienes tengan un incremento hasta del 20% pagarán con un descuento del 15%; si el aumento llega al 50%, el descuento será del 25%; para quienes lleguen al 75%, el alivio será del 50%; y si el avalúo sube al 100%, el contribuyente pagará solo un crecimiento del 75%.

Gómez reiteró que los estratos 1 y 2 tienen un límite estricto en el aumento del impuesto: su incremento no podrá superar el IPC anual, es decir, alrededor del 4.7%. Además, recordó que el pronto pago antes del 31 de marzo podría dejar el aumento real en cero.

Finalmente, ambos funcionarios enfatizaron que más del 77% de los predios actualizados no superaron el 100% de incremento y que el municipio escogió el avalúo comercial más bajo permitido por la ley para reducir el impacto.


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