El Consejo de Estado de Colombia ordenó al presidente Gustavo Petro abstenerse de transmitir los Consejos de Ministros a través de canales privados, regionales y locales. Esta decisión se tomó luego de que una acción de tutela argumentara que estas transmisiones violaban el derecho fundamental a la información, al ocupar toda la parrilla televisiva disponible y limitar el acceso de los ciudadanos a otros contenidos. El alto tribunal indicó que las intervenciones presidenciales deben limitarse a los medios públicos nacionales, específicamente Señal Colombia y Canal Institucional.
La medida busca preservar el pluralismo informativo y evitar el uso excesivo de los medios de comunicación con fines gubernamentales. El Consejo de Estado subrayó que si bien el presidente tiene el derecho de informar a la ciudadanía, ese derecho no debe vulnerar la libertad de expresión ni la diversidad de contenidos disponibles para el público. La Presidencia aún no ha emitido una respuesta oficial frente al fallo.




