En las últimas horas la Procuraduría General de la Nación se pronunció sobre un trámite que fue requerido por el ministerio de Ambiente sobre el proyecto de restauración del Canal del Dique. La procuradora Margarita Cabello indicó que el proceso es «completamente ilegal».
«Ya enviamos un oficio para que nos expliquen por que se está tratando de obstaculizar un megaproyecto como es el del Canal del Dique, mediante una solicitud y exigencia a la ANLA para que ordene una verificación de una licencia ambiental, cuando es totalmente ilegal hacerlo por cuanto el momento era antes de que se entregara la licitación correspondiente», aseguró Cabello.
Cabe aclarar que la procuradora se refiere a un oficio que fue enviado por el ministerio encabezado por Susana Muhamad, donde se solicita al director de la ANLA (Autoridad Nacional de Licencias ambientales), «solicitando un estudio de impacto ambiental».
Para el ente de control el proyecto denominado, “Restauración de ecosistemas degradados del Canal del Dique”, ya cuenta con el respectivo estudio que solicita el Ministerio de Ambiente.
«El proyecto ya cuenta con un instrumento de manejo y control ambiental, conocido como Plan Hidrosedimentológico, impuesto y aprobado por la ANLA, decisión con base en la cual se estructuró un proyecto de Asociación Publico Privada – APP, por parte de la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI», indicó en un comunicado la Procuraduría.
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Procuradora #MargaritaCabello se pronunció frente al giro del @MinAmbienteCo al requerir trámite de licencia ambiental al proyecto de restauración del Canal del Dique, puesto que este ya cuenta con instrumento de manejo ambiental. #EsNoticia 👉 https://t.co/ST5sRAe9QV pic.twitter.com/NzXnirxBr3
— Procuraduría General de la Nación (@PGN_COL) January 27, 2024
¿Quién tiene la última palabra sobre el manejo ambiental del proyecto de restauración ambiental del Canal del Dique?
El Ministerio Público también indicó que el Ministerio del Ambiente en la facultad de hacer este tipo de requerimientos que beberían ser preventivos y no después de comenzar las operaciones del proyecto.
«La cartera ministerial no está habilitada para establecer discrecionalmente los proyectos, obras o actividades que requieran de la obtención de licencia ambiental, bajo la invocación de la aplicación del principio de prevención y menos aún, requerirla con posterioridad al inicio de las actividades, ya amparadas con el mencionado instrumento de evaluación» agregó al respecto la procuraduría.
Finalmente, el Ministerio Público, aclaró que es el ANLA sí tiene la facultad de solicitar al responsable del proyecto nuevos requerimientos en cuanto al manejo ambiental si las medidas tomadas fueron consideradas insuficientes.
«La ANLA tiene la facultad de imponer nuevas obligaciones en el marco del instrumento de manejo ambiental existente, si las medidas de manejo y los impactos identificados fueran insuficientes, instando a dicha autoridad ambiental a ejercer tal potestad», concluyó al respecto la Procuraduría.
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