La Sala de Instrucción de la Corte Suprema archivó una denuncia contra el presidente del Senado, Roy Barreras, porque, supuestamente, en una de las grabaciones hablaba de aportes a la campaña, lo que se conoció como los “Petrovideos”.
El presidente del Senado, Roy Barreras, no será investigado por el contenido de los llamados “Petrovideos”, la filtración de conversaciones privadas de la campaña presidencial de Gustavo Petro.
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El alto tribunal concluyó que los videos fueron obtenidos de manera ilegal, por los cual no pueden ser tenidos en cuenta como prueba. Además, se demostró que Barreras no tuvo ninguna labor administrativa en la campaña del hoy presidente de Colombia.
Para la Corte Suprema, los llamados “Petrovideos” son ilegales porque son una violación de la privacidad de quienes estaban en la videollamada, nadie sabe quién realizó la grabación, ni siquiera las autoridades.
Además, tampoco se sabe cómo fueron publicados por un medio de comunicación que está protegido por la reserva de la fuente, la revista Semana, no es posible conocer el origen de las grabaciones.
“La Sala concluye la ilicitud en la obtención del video que sustenta la denuncia, a causa de la intromisión en el entorno social revestido de la prerrogativa a la intimidad donde se desarrolló la reunión en la que participó el aforado”, dice la decisión de la Sala de Instrucción.
La Corte Suprema añade que esa circunstancia “impide de plano continuar con la investigación en tanto el señalamiento de la denunciante sencillamente hace eco al citado ilícito video”.
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La Corte fue clara en que, si bien los presentes en la conversación con Roy Barreras eran otros políticos, como los senadores Temístocles Ortega, Clara López y Roosvelt Rodríguez, y que su condición de figura pública podría flexibilizar el criterio sobre el origen del video, lo cierto es que esa flexibilización no podría ir tan lejos como para legitimar una violación de sus comunicaciones privadas, que para el alto tribunal fue lo que ocurrió.
La Corte Suprema llegó a esa conclusión por dos razones. Primero, porque Barreras dijo en versión libre que el lugar de la grabación probablemente era un salón de hotel que frecuentaban para reuniones políticas. Para la Corte, un “entorno semiprivado”. Segundo, porque la reunión era reservada y, a pesar de ello, fue grabada en audio y video filtrado posteriormente. Y tercero, porque al proceso nunca se allegó una orden de autoridad alguna para grabar esa conversación.



