El auto señala que «Revisado el contenido del escrito presentado, en lo que se refiere a la presunta extralimitación de funciones en que pudo incurrir el servidor denunciado, observa el despacho que el escrito no contiene los datos mínimos que delimiten las presuntas conductas irregulares, se limita a señalar, de manera genérica e inconcreta, la ocurrencia de varios hechos que supuestamente conllevan la incursión en irregularidades, sin que de ello se pueda extractar la posibilidad de establecer, de manera concreta, a que acción u omisión específicos se hace referencia y tampoco se allega o menciona prueba alguna que indique la veracidad de lo señalado en el informe».
El documento además señala que «la manera absolutamente inconcreta y difusa como se describieron los hechos supuestamente irregulares. Por el contrario, señala la ejecución de una serie de actividades, generadas por la emergencia sanitaria de covid 19, tendientes a solidarizarse con la comunidad de diferentes veredas de Coper”.
Teniendo en cuenta lo anterior se ordenó la terminación del proceso y, en consecuencia, el archivo definitivo de la indagación disciplinaria en contra del personero de Coper, Carlos Fajardo.




