Ordenan a conjunto residencial eliminar datos de reconocimiento facial

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a un conjunto residencial de Bogotá eliminar los datos biométricos obtenidos mediante tecnologías de reconocimiento facial de todos aquellos residentes que lo soliciten y, además, implementar mecanismos alternativos de ingreso para garantizar el respeto a los derechos de los habitantes.

La decisión, contenida en la Resolución 52185, se produjo tras comprobar que la propiedad horizontal vulneró el derecho fundamental al habeas data al recolectar información biométrica sin la autorización previa, expresa e informada de los titulares y al no suprimir los datos de quienes pidieron su eliminación.

La SIC recordó que, según la normatividad de protección de datos personales, no se puede condicionar el acceso a un conjunto residencial a la entrega obligatoria de información sensible como los datos biométricos. Además, advirtió que el reconocimiento facial no puede ser el único mecanismo habilitado para permitir la entrada de residentes, visitantes o personal autorizado.

El ente de control también entregó recomendaciones clave a las administraciones de conjuntos residenciales para el uso adecuado de sistemas de reconocimiento facial:

  • Es obligatorio obtener autorización previa, expresa, informada y calificada por parte de los titulares.
  • No se puede condicionar ninguna actividad al suministro de datos sensibles.
  • Exigir datos biométricos como única forma de ingreso resulta desproporcionado y violatorio de derechos fundamentales.
  • Cuando un residente o visitante se niegue a suministrar información sensible, la propiedad horizontal deberá ofrecer métodos alternativos de acceso, como tarjetas de proximidad, códigos digitales o personal de seguridad capacitado.

La SIC enfatizó que las tecnologías de reconocimiento facial, aunque pueden ser útiles para fortalecer la seguridad, deben ser implementadas de forma proporcional y respetando la legislación vigente sobre protección de datos personales.

En caso de incumplimiento, el conjunto residencial podría enfrentar sanciones económicas y nuevas órdenes administrativas. La entidad reiteró que la autonomía de los ciudadanos sobre su información biométrica está protegida constitucionalmente y que ninguna administración puede obligar a sus residentes a entregar este tipo de datos sin consentimiento previo.


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