Ya inició la normatividad que establece que para el ingreso a Colombia de viajeros internacionales, mayores de 18 años, se debe contar con certificado o carnet de vacunación, con esquema completo contra la COVID-19.
Además, la segunda vacuna (o la dosis única, en el caso del laboratorio Janssen) debió ser aplicada al menos 14 días antes de la fecha de entrada al país.
En el caso de los nacionales o extranjeros residentes en el país, diplomáticos y sus familiares que no se hayan vacunado, pueden presentar una prueba PCR realizada con 72 horas de anticipación y con resultado negativo.
Según el director de Departamento Administrativo de la Presidencia – DAPRE, Víctor Muñoz, los extranjeros no residentes que no tengan el esquema completo de vacunación o que no hayan cumplido los 14 días de haberse aplicado la segunda dosis, pueden presentar prueba PCR negativa con 72 horas de anticipación. Pero, si el extranjero no residente que llegue por turismo u ocio y no cuenta con ninguna dosis o no ha iniciado el esquema de vacunación, no podrán entrar al país.
Muñoz aseguró que las empresas de transporte aéreo deberán pedir las exigencias de estos certificados, previo al embarque de los diferentes puntos de origen.
Carnet para eventos masivos
Además, esta semana también comenzó a regir la norma que exige de manera obligatoria la presentación del carnet o certificado digital de vacunación para mayores de 18 años, con el esquema completo para ingresar a eventos masivos, en todo el país.
Esta medida, también regirá a partir del 28 de diciembre para las personas mayores de 12 años. La norma exceptúa a niños de cero a 12 años de edad.
El carnet de vacunación se exigirá para el ingreso de bares, conciertos, eventos deportivos, teatros, cines, restaurantes, bingos, parques temáticos y de diversiones, entre otros.
“Todo evento presencial de carácter público o privado que implique asistencia masiva deberá exigir, sin excepción, el carnet de vacunación con esquema completo. Los aforos podrán ser del 100% de acomodación, cuando se cumpla con este criterio y condición”, indica el decreto expedido por el Gobierno nacional.
Fuente: Sistema Integrado de Información




