Nuevo subsidio para mayores de 59 años

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El Gobierno Nacional anunció la creación de un nuevo subsidio destinado a personas mayores de 59 años en condiciones de vulnerabilidad. Este beneficio, denominado Renta Básica Solidaria del Pilar Solidario, fue reglamentado mediante el Decreto 514 de 2025 y respaldado por la Ley 2381 de 2024, con el objetivo de complementar programas existentes como Colombia Mayor y ofrecer apoyo a quienes no acceden a una pensión.

El subsidio, que comenzará a operar en julio de 2025, entregará un aporte mensual de $80.000 a través de operadores de pago autorizados. La medida busca fortalecer la protección social y garantizar una ayuda mínima a adultos mayores en situación de pobreza o sin ingresos.

¿Quiénes pueden acceder?

Podrán beneficiarse personas colombianas que:

  • Tengan mínimo 59 años.
  • Hayan residido en Colombia al menos los últimos 10 años de forma continua.
  • No reciban pensión ni otras prestaciones periódicas.
  • Estén clasificadas en los grupos A o B del Sisbén, o hasta el subgrupo C1.
  • Sean personas con discapacidad o campesinas sin ingresos.
  • Sean cuidadores registrados por el Ministerio de Salud.

Además, mujeres desde los 60 años y hombres desde los 65, así como personas con pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %, podrán postularse si cumplen los demás requisitos.

No es una pensión

El programa será financiado con recursos del Fondo de Solidaridad Pensional y del Presupuesto General de la Nación, pero no se considera una pensión, por lo que no genera herencia ni sustitución pensional. Los beneficiarios podrán recibir hasta 12 pagos al año, según la disponibilidad presupuestal.

Compatibilidad y pérdida del beneficio

Quienes ya reciben el subsidio de Colombia Mayor y sean seleccionados para este nuevo esquema, pasarán a recibir únicamente la Renta Básica Solidaria, no ambos beneficios.

El subsidio se perderá por causas como fallecimiento, falsedad en la inscripción, acceso a pensión, mejora económica, o modificación en la condición de discapacidad que baje del 50 %, antes de alcanzar la edad requerida.

Inicio de pagos y operatividad

Los primeros pagos se realizarán a partir del 1 de agosto de 2025, y el proceso de selección e inscripción se hará de forma gradual, priorizando a los más vulnerables. El Departamento para la Prosperidad Social (DPS) será el encargado de la verificación, ejecución y seguimiento del programa.


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