Nueve datos que debe conocer antes de votar: Elecciones presidenciales 2022- 2026 [VIDEO]

Este domingo Colombia elige nuevo presidente para el período 2022-2026. Son cinco los candidatos que aspiran a llegar a la Casa d Nariño y ser el sucesor de Iván Márquez.
Este 29 de mayo se elegirá los dos candidatos que pasarán a la segunda vuelta presidencial para elegir al sucesor de Duque.
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Colombia este domingo, 29 de mayo, volverá a las urnas para elegir a los dos candidatos que podrían pasar a la segunda vuelta presidencial. De los dos candidatos que sean elegidos, el país escogerá a la persona que será la sucesora de Iván Duque Márquez, actual presidente de Colombia por el Centro Democrático.

Un total de 39.002.239 colombianos (20.111.908 mujeres y 18.890.331 hombres) están habilitados para votar en los 12.263 puestos instalados en todo el país por la Registraduría, de los cuales 5.174 estarán en el área urbana y 7.089 en la rural.

También hay 1.343 mesas distribuidas en 250 puestos de votación de 67 países para que voten los 972.764 colombianos registrados en el exterior. La votación en el exterior se inició este lunes y finaliza el domingo 29 en embajadas y consulados.

1. Estos son los candidatos por los que puede votar: Según los últimos datos suministrados por la Registraduría colombiana se espera tener los resultados de esta elección a las 7.00 p. m.

– Gustavo Petro – Francia Márquez (Pacto Histórico)
– Federico Gutiérrez – Rodrigo Lara (Equipo por Colombia)
– Rodolfo Hernández – Marelen Castillo (Liga Anticorrupción)
– Sergio Fajardo – Luis Gilberto Murillo (Centro Esperanza)
– Jhon Milton Rodríguez – Sandra de las Lajas (Colombia Justa Libres)
– Enrique Gómez – Carlos Cuartas (Salvación Nacional).

2. En la web de la Registraduría encontrarás un recuadro que dice Consulte aquí su lugar de votación. 
Haz clic en ‘consultar’ y encontrarás exactamente cuál será la mesa de sufragio en la que te tocará ejercer tu derecho al voto.

3. Dónde me toca votar este 29 de mayo: link de Registraduría
La web oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil es la siguiente: https://registraduria.gov.co/. En ella puedes verificar el lugar donde te tocará votar para las Elecciones en Colombia 2022.

4. A qué hora se abren los puestos de votación: A partir de las 8.00 a. m. se abrirán los puestos de votación en estas elecciones 2022 en Colombia del domingo 29 de mayo.

5.Qué pasa si se impone el voto en blanco:

En caso que el voto en blanco sea la opción más votada este domingo 29 de mayo, las Elecciones Presidenciales 2022 en Colombia deberán repetirse siempre y cuando esta opción obtenga el 50% más uno de los votos (mayoría absoluta).

6. Cómo voto desde el extranjero para las Elecciones Presidenciales 2022 de Colombia:
Hasta el domingo 29, los colombianos en el exterior pueden acudir a sus consulados o puestos de votación entre las 8.00 a. m. y las 4.00 p. m. (hora local).

7. Qué pasa si soy jurado de votación y no puedo ir:
El artículo 105 del Código Electoral de Colombia sostiene que los jurados de votación deben asistir de manera obligatoria a las urnas durante los comicios y quienes no lo hagan les podría acarrear en multas o sanciones. 
 Además, todos tendrían que pagar una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.

8. Cinco causales para no asistir como Jurado de votación:

En ese caso deberá anexar las pruebas que exige el Código Electoral y dejar todo en orden para que un jurado remanente lo reemplace. Para estas elecciones se han designado a 86.932 personas para cumplir con esta función.

– Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, madre, padre o hijo.
– Muerte del jurado, o de su cónyuge, madre, padre o hijo, ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres (3) días anteriores a las mismas.
– No ser residente del lugar donde fue designado.
– Ser menor de 18 años o mayor a 60 años.
– Haberse inscrito y votar en otro municipio.

9. Beneficios como jurados de votación:
 Sin embargo, asistir como jurado también tiene ventajas, por ejemplo, quienes trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días siguientes a la votación.


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