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El TJUE limita el rechazo de órdenes europeas de detención por diferencias en las penas

El TJUE establece que no basta una pena desproporcionada para rechazar una orden europea de detención, salvo graves vulneraciones de derechos fundamentales.

Por Carlos Oswaldo Gelpud EspinozaRedacción EXTRA
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El TJUE limita el rechazo de órdenes europeas de detención por diferencias en las penas
Imagen de portada · Grupo Editorial Central
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que un Estado miembro no puede rechazar una orden europea de detención únicamente porque considere desproporcionada la pena impuesta en otro país. El fallo responde al caso de un hombre condenado en Rumanía a siete años de prisión por introducir tres gramos de cannabis y cuatro pastillas de MDMA. Desde Países Bajos, donde se opuso a su entrega, alegó que una conducta equivalente recibiría entre una y tres semanas de cárcel y que las sustancias eran para consumo personal de su esposa. El TJUE señaló que las diferencias entre las penas nacionales, incluso importantes, no justifican por sí solas negar la entrega, pues prevalecen los principios de confianza y reconocimiento mutuos. Sin embargo, admitió excepciones si existen deficiencias graves que puedan generar penas inhumanas o degradantes o vulneraciones manifiestas del principio de proporcionalidad sin recursos judiciales efectivos. En este caso, concluyó que la legislación rumana no presenta esas deficiencias jurídicas.

Fuente: 20minutos · Ver fuente ↗

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