El Gobierno elimina el límite del 30 % para las inversiones de las AFP en el exterior.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1490 de 2026, con el cual se deroga la restricción impuesta durante la administración de Gustavo Petro

Que limitaba al 30 % las inversiones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en activos del exterior. La medida busca restablecer la diversificación técnica de los portafolios basándose en criterios de rentabilidad, liquidez y riesgo, en lugar de barreras geográficas. De este modo, Colombia regresa al esquema regulatorio que fija topes específicos según el perfil de riesgo de cada multifondo, alcanzando hasta un 70 % en el fondo de mayor riesgo.
Fin al tope global del 30 %
A través del Decreto 1490 de 2026, el Gobierno Nacional
oficializó la eliminación del tope global del 30 % a las inversiones de los fondos
de pensiones en activos internacionales. Esta restricción había sido
introducida mediante el Decreto 0369 de 2026 por el entonces presidente Gustavo
Petro, quien argumentaba que la medida permitiría repatriar capitales hacia
Colombia para impulsar proyectos de inversión local coordinados por el
Ministerio de Hacienda.
Desde su anuncio, la fijación de dicho límite generó un
amplio debate entre analistas y actores del sector financiero. Quienes se
oponían señalaban la importancia de no colocar "todos los huevos en la
misma canasta", advirtiendo que la capacidad de diversificar
geográficamente las inversiones es la herramienta fundamental para resguardar y
hacer crecer el ahorro pensional de los trabajadores frente a las fluctuaciones
del mercado local.
Una decisión basada en evaluaciones técnicas
El Ministerio de Hacienda explicó que la expedición del
nuevo decreto responde a una rigurosa evaluación técnica. Según la cartera,
establecer una restricción basada únicamente en la ubicación geográfica
recortaba las alternativas de diversificación y obstaculizaba la correcta
aplicación del esquema de multifondos contemplado en la legislación colombiana.
Con la actualización del marco previsto en el Decreto
2555 de 2010, se amplía el universo de instrumentos financieros a disposición
de las administradoras, tanto en el ámbito nacional como internacional. Las
autoridades aclararon que esta decisión no implica una desregulación total: las
AFP continuarán sujetas a estándares prudenciales, límites específicos por categoría
de fondo y estrictas exigencias en la gestión de riesgos.
Regreso al esquema de multifondos por perfil de riesgo
Con la entrada en vigor de la norma, Colombia retorna a
la reglamentación previa, la cual define techos diferenciados según el perfil
de riesgo del afiliado:
·
Fondo Conservador: límite de hasta el 40 % en activos
internacionales.
·
Fondo Moderado: límite de hasta el 60 %.
·
Fondo de Mayor Riesgo: límite de hasta el 70 %.
·
Fondo Especial de Retiro Programado: límite de hasta
el 40 %.
Cabe señalar que la restricción del 30 % impuesta
anteriormente no llegó a impactar de forma drástica la composición real de las
inversiones, ya que otorgaba un plazo de transición de cinco años para su
cumplimiento gradual.
Comportamiento del portafolio pensional
A corte de noviembre de 2025, las AFP administraban un total de COP 527,3 billones, de los cuales el 48,8 % (COP 257,1 billones) se encontraba colocado en mercados internacionales. Entre marzo y julio del año en curso, la participación porcentual de los activos en el exterior se redujo de 48,4 % a 44,5 %, un fenómeno atribuible principalmente a la revaluación del peso colombiano frente al dólar, a pesar de que durante el mismo periodo los fondos continuaron adquiriendo activos extranjeros por cerca de USD 5.728 millones.
Fuente: pulzo.com




