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Corte Constitucional podría revisar tutela que dejó sin efecto condena en el caso Agro Ing

El magistrado Miguel Polo Rosero insiste en que la Corte Constitucional estudie la tutela que anuló la condena contra los empresarios.

Por Nancy MoreanoRedacción EXTRA
⏱ 4 min de lectura
Corte Constitucional podría revisar tutela que dejó sin efecto condena en el caso Agro Ing
Imagen de portada · Grupo Editorial Central

La justicia colombiana vuelve a estar en el centro de la atención por el controvertido caso de Agro Ingreso Seguro. Esta vez, la discusión gira alrededor de una acción de tutela que dejó sin efectos una condena penal contra los empresarios Juan Carlos y Alfonso Dávila Abondano, y que ahora podría llegar a revisión de la Corte Constitucional.

El magistrado Miguel Polo Rosero insistió en la necesidad de que el alto tribunal estudie la decisión adoptada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que en marzo de 2026 dejó sin efectos el proceso penal contra los dos empresarios y ordenó retrotraer las actuaciones para revisar una irregularidad relacionada con el preacuerdo que habían firmado con la Fiscalía.
La solicitud abre nuevamente un debate sobre los límites de la acción de tutela cuando se utiliza para cuestionar decisiones judiciales, especialmente cuando estas han sido revisadas por las máximas autoridades de la justicia ordinaria.
Una condena que terminó siendo objeto de controversia
El caso tiene su origen en el programa Agro Ingreso Seguro, creado durante el Gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez con el propósito de entregar apoyos económicos al sector agropecuario colombiano.
Sin embargo, el programa terminó convertido en uno de los mayores escándalos relacionados con el manejo de recursos públicos destinados al campo.
En julio de 2025, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó vigente la condena contra Juan Carlos y Alfonso Dávila Abondano por el delito de peculado por apropiación agravado en grado de tentativa.
Según las decisiones judiciales, los empresarios habrían intentado acceder a aproximadamente 440 millones de pesos en subsidios estatales. Los recursos finalmente no fueron desembolsados.
Los hermanos habían suscrito un preacuerdo con la Fiscalía en el que aceptaron su responsabilidad penal, situación que fue uno de los elementos centrales de la controversia posterior.

¿Por qué se presentó la tutela?

La defensa de los empresarios acudió a la acción de tutela argumentando que durante el proceso penal se habían vulnerado garantías fundamentales, entre ellas el debido proceso y el derecho a la defensa.
La Sala Laboral de la Corte Suprema concedió el amparo y consideró que existían irregularidades en el control judicial del preacuerdo celebrado con la Fiscalía.
Por esa razón, ordenó dejar sin efectos las actuaciones desde la audiencia de verificación del acuerdo y devolver el expediente para que se realizara nuevamente el análisis correspondiente.
Esta decisión generó diferencias dentro de la propia Corte Suprema, debido a que la Sala Penal había sostenido anteriormente la validez de la condena.
El magistrado que busca una revisión constitucional
El magistrado Miguel Polo Rosero considera que existen razones suficientes para que la Corte Constitucional examine la decisión de tutela.
Entre sus argumentos está la necesidad de determinar si la intervención del juez constitucional respetó los límites establecidos para revisar providencias judiciales o si terminó sustituyendo el análisis que correspondía a la jurisdicción penal.
La discusión también involucra la interpretación de las pruebas relacionadas con el desistimiento de los subsidios y las razones por las cuales los empresarios finalmente no recibieron los recursos.
De acuerdo con la información publicada por la revista CAMBIO el 27 de octubre de 2026, la insistencia de Polo Rosero representa una nueva oportunidad para que el expediente sea seleccionado y estudiado por la Corte Constitucional.

¿Qué puede suceder con el proceso?

La Corte Constitucional deberá determinar si selecciona el expediente para revisión. Si decide estudiarlo, podrá analizar los argumentos de las diferentes instancias y establecer si la decisión de tutela se ajustó a los parámetros constitucionales.
No obstante, la solicitud del magistrado no significa que la condena haya sido restablecida ni que exista una nueva decisión definitiva contra los empresarios.
El asunto también tiene una particularidad: según la publicación de CAMBIO, la acción penal ya había prescrito el 24 de julio de 2025, circunstancia que podría tener consecuencias importantes para el futuro del expediente.
Por ahora, el caso continúa siendo un ejemplo de las discusiones jurídicas que pueden surgir cuando una acción de tutela cuestiona decisiones de otros jueces.
La controversia vuelve a poner sobre la mesa la importancia de proteger los derechos fundamentales, garantizar el debido proceso y preservar la seguridad jurídica en Colombia.

Fuente: Revista CAMBIO

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