Alivio tributario: DIAN reduce sanciones y abre plazo para pagar deudas
El Decreto 1419 permite reducir sanciones e intereses para ciertas obligaciones con la DIAN, con beneficios que vencen el 19 de noviembre.

Los colombianos con obligaciones pendientes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tienen una nueva oportunidad para ponerse al día gracias a las medidas establecidas en el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026. La norma fue expedida en el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno tras la emergencia ocasionada por el terremoto del 10 de agosto y contempla diferentes mecanismos de alivio tributario.
Uno de los beneficios que más atención genera es la posibilidad de reducir de manera considerable determinadas sanciones y actualizaciones de sanciones. De acuerdo con la DIAN, quienes cumplan los requisitos pueden pagar el 100 % de la obligación principal, liquidar los intereses moratorios con una tasa del 4,5 % y cancelar solamente el 15 % de las sanciones correspondientes. El beneficio aplica a obligaciones que se encontraban en mora al 10 de agosto de 2026.
El plazo para acceder a este beneficio es limitado. Los contribuyentes interesados deben cumplir los requisitos y realizar los pagos correspondientes a más tardar el 19 de noviembre de 2026. La medida puede beneficiar a contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores solidarios de obligaciones administradas por la DIAN.
El decreto también contempla alivios para quienes no presentaron declaraciones tributarias o necesitan corregir declaraciones anteriores. En determinados casos, la sanción puede reducirse al 15 %, siempre que se presente la declaración, se paguen los impuestos correspondientes y se cumplan las condiciones establecidas por la norma antes de la fecha límite.
Otra posibilidad está dirigida a personas que ya tienen facilidades de pago vigentes. Los sujetos afectados por el terremoto que cumplan las condiciones establecidas pueden solicitar una reprogramación de determinadas cuotas, mientras que también existen mecanismos para ampliar los plazos de pago de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.
Sin embargo, no todos los contribuyentes pueden acceder a todas las medidas. La DIAN explica que algunos beneficios del capítulo relacionado con facilidades de pago están dirigidos específicamente a los sujetos afectados por el terremoto y que los grandes contribuyentes están excluidos de determinadas disposiciones. Por esta razón, antes de realizar un pago es fundamental verificar cuál artículo del decreto corresponde a cada situación.
La norma también establece condiciones especiales para obligaciones cambiarias y aduaneras. Personas naturales, empresas, usuarios aduaneros y otros obligados que hayan incumplido determinados deberes formales pueden acceder a reducciones, siempre que subsanen la obligación y cumplan con los pagos establecidos dentro del periodo autorizado.
La DIAN advierte que los beneficios no significan que desaparezca la deuda principal. En términos generales, el contribuyente debe pagar la obligación correspondiente y cumplir las condiciones exigidas para obtener la reducción de sanciones o intereses. Además, si se incumplen los requisitos, pueden perderse los beneficios y reactivarse las sumas que correspondan junto con intereses y sanciones.
El 19 de noviembre de 2026 se convierte así en una fecha clave para quienes tengan obligaciones que puedan acogerse a estas medidas. La recomendación para los contribuyentes es revisar su situación directamente con la DIAN y determinar si cumplen los requisitos antes de efectuar cualquier liquidación o pago.
El decreto abre una oportunidad importante para ponerse al día, pero también genera una pregunta para miles de colombianos: ¿cuánto podría reducirse una deuda tributaria si el contribuyente se acoge correctamente al beneficio antes de que venza el plazo?

Fuente: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) — Decreto 1419 del 17 de septiembre de 2026 y preguntas frecuentes sobre su aplicación.




