Murió tras ser atacada por un pitbull

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Redacción EXTRA

Una mujer de 80 años y su esposo, también anciano, fallecieron en una tragedia ocasionada por un perro de raza peligrosa en el municipio de Puerto Tejada, Cauca.

De acuerdo con el reporte de la alcaldesa Luz Adiela Salazar, citada por medios locales, la señora Ana Ludivia Bedoya se disponía a darle comida a su mascota, un perro de raza pitbull, el cual, por razones que se desconocen, la atacó.

“El perro la mordió en el cuello, provocándole una herida grave que no pudo ser curada por los galenos en un centro médico”, manifestaron testigos y personas cercanas a la víctima.

Autoridad
La alcaldesa informó que el esposo de la mujer (cuya identidad no ha trascendido) se encontraba convaleciente y, al enterarse de la muerte de Ana Ludivia, no resistió el impacto. Al parecer, sufrió un paro cardíaco y falleció. “Es una grave tragedia familiar, se debe tener mucho cuidado con la reacción de estos animales”, afirmaron algunos conocidos.

Agresividad
El perro fue decomisado por la Policía, mientras las autoridades sanitarias determinan su destino. Los pitbull son considerados animales de raza peligrosa en la legislación colombiana desde hace más de una década. A pesar de que a sus dueños se les exigen cuidados especiales, las muertes de seres humanos a causa de sus ataques siguen ocurriendo.

“Si bien los especialistas señalan que un pitbull puede ser un perro cariñoso, leal y protector con su familia, incluidos los niños, destacan que cada perro es único y puede tener diferentes niveles de tolerancia y temperamento. Por ello, la crianza y el trato del perro son clave para saber cómo reaccionaría ante las personas”, aseguraron expertos en el tema.

Otros casos
En el artículo 117, capítulo dos de la Ley sobre tenencia de animales domésticos, se establecen las condiciones para la posesión de mascotas. “Solo podrán tenerse como mascotas los animales autorizados por la normatividad vigente. Para estos animales, el ingreso o permanencia en cualquier lugar se sujetará a la reglamentación de los lugares públicos, abiertos al público o edificaciones públicas”, dice la ley. Además, se establece que no podrán prohibirse el tránsito y permanencia de animales domésticos en las zonas comunes de propiedades horizontales o conjuntos residenciales.


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