¿Cuándo dejaron de multar los carros parqueados sin SOAT o tecnomecánica? Lo que determinó el Consejo de Estado

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Una reciente decisión del Consejo de Estado cambió la forma como se aplican sanciones por no tener SOAT o tecnomecánica vigente en Colombia. Esto afectará tanto a conductores como propietarios de vehículos parqueados.

¿Qué decía la norma hasta ahora?

  • Las circulares del Ministerio de Transporte permitían que los agentes de tránsito impusieran multas incluso si el vehículo estaba estacionado o apagado, solo por no tener los certificados al día, mediante herramientas tecnológicas.
  • El incumplimiento de SOAT o tecnomecánica implicaba comparendos, la inmovilización del vehículo, y costos adicionales de grúa y parqueadero si el auto era retirado.

¿Qué cambió con el fallo?

  • El alto tribunal determinó que solo se podrá sancionar a un vehículo si está en circulación. Si el vehículo está estacionado, en zona permitida y no está moviéndose, no aplica la multa por falta de SOAT o revisión tecnomecánica.
  • Se revocaron parcialmente dos circulares (de 2013 y 2014) que daban facultad de sanción a vehículos inmóviles mediante verificación remota.

Implicaciones para conductores

  • Ya no deberán preocuparse de multa si están con el SOAT vencido siempre que su vehículo no esté en movimiento.
  • Si circulan sin esos documentos, las sanciones siguen vigentes, incluyendo multas, inmovilización y los demás costos relacionados.
  • Es clave revisar las fechas exactas de los fallos y si tu municipio aplica alguna normativa específica adicional.

Cierre sugerido:
Este fallo del Consejo de Estado es un alivio para quienes mantienen sus carros parqueados, pero también resalta que las obligaciones legales para quienes transitan siguen siendo rigurosas. Si tienes dudas sobre tu caso particular, lo recomendable es consultar la entidad de tránsito de tu ciudad o un asesor legal.


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