El presidente de la República, Gustavo Petro, sanciono una ley que permite a las mujeres cabezas de hogar que incurran en conductas punibles, cumplir la condena con trabajo comunitario o trabajando formalmente. Se conoció que, según el proponente, esta metodología permite no solo la resocialización del sentenciado, sino también, la transición a un modelo penal restaurativo.
Proyecto
El proyecto de Ley fue formulado por el hijo del extinto ministro huilense Rodrigo Lara Bonilla, señor Rodrigo Lara Restrepo, quien aspira a la Alcaldía de la capital colombiana. Dicha ley hizo curso de todos los trámites pertinentes, llegando a ser aceptaba por la Corte Constitucional, organismo que verifica su viabilidad en relación con los derechos fundamentales.
Beneficio
Esta iniciativa, que beneficiará a todas las mujeres del país y a sus familias, no siendo la excepción las del Departamento del Huila, contribuirá a la reducción del hacinamiento de las cárceles del país, siendo este un fenómeno de gran importancia en las cárceles huilenses pues el cupo de personas para las que están diseñadas ha sido superado colosalmente por el número de presos. Por otro lado, tendera a no afectar el núcleo familiar de la condenada.
Requisitos
La aplicación de la norma no es absoluta, por lo que tiene sus requisitos. Estos son: que acrediten su condición de mujer madre cabeza de familia; no debe tener antecedentes penales dentro de los cinco años anteriores al delito; la pena impuesta no debe superar los seis años; no haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana y probar que el móvil de la conducta punible obedece a una situación de marginalidad que afecte la manutención del hogar.
Consenso
“Esto lo hicimos con todos los partidos políticos, con un gran consenso. Cuando se separa la mamá de sus niños pequeños, estamos ante dos condenas: la condena a la mujer y la condena a sus hijos, porque quedan a la deriva y en condiciones precarias, que los llevan a deserción escolar, adicciones y comportamientos delincuenciales. Así adaptamos las leyes a las necesidades de las mujeres que luchan por sacar adelante a sus hogares en Colombia y especialmente en Bogotá, donde el hacinamiento carcelario femenino es apremiante”, puntualizó Rodrigo Lara.
Delitos
Vale la pena indicar que no todos los delitos son susceptibles de este beneficio pues solo aplica para el porte, tráfico y fabricación de estupefacientes y para delitos menores en cuyo despliegue de la conducta no se haya ejercido violencia. Esta norma, según el proponente, propende por la construcción de un sistema penal y carcelario que no prioriza el castigo sino que, por el contrario, promociona la resocialización. Esto en cuanto una pena es más efectiva, no por el grado de castigo, sino, por su capacidad restaurativa.




