La comunidad cansada de los diversos hurtos registrados en el barrio San Antonio del valle de laboyos, decidió hacer justicia por mano propia, cuando un sujeto conocido como ‘Indio’, fue sorprendido cometiendo un hurto en la localidad.
‘Con las manos en la masa’
Según lo conocido por este medio de comunicación, en la tarde del 16 de marzo el presunto delincuente, se encontraba sobre la calle 11 con carrera 9 del municipio de Pitalito, cuando el ‘Indio’ se disponía a cometer un robo a una ciudadana, motivo por el cual los habitantes del sector estaban atentos ante esta situación, por lo que procedieron a detener su objetivo.
Fue atrapado
Inmediatamente la comunidad evidenció el suceso, el sujeto emprendió la huida, sin saber que las personas realizarían una persecución por varios metros, siendo finalmente alcanzado. La furia de la sociedad no se hizo esperar y comenzaron a golpear en diversas oportunidades al hombre, llamando de igual manera a las autoridades competentes para poner en conocimiento el hecho.
Su captura
Al llegar los uniformados al lugar, evidenciaron al hombre amarrado de su camiseta a unas rejas para prevenir su fuga, por lo que procedieron a escuchar la versión de la comunidad, siendo así capturado y llevado hasta un centro asistencial para que los galenos comenzaran a examinarlo.
Proceso legal
Cabe anotar que el presunto delincuente fue dejado ante la autoridad competente para que se le defina su proceso judicial, mientras se realizan las investigaciones pertinentes para contribuir a este caso.
Desespero social
La comunidad realiza un mensaje exhaustivo a los entes de control, para que patrullen más por la zona y evitar de esta manera que se continúen presentando estos hechos delincuenciales que pueden costar la vida de una o más personas.
¿Qué dice la ley?
El artículo 238 del Código Penal Colombiano, especifica que el que se apodere de una cosa mueble ajeno, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, incurrirá en prisión de treinta y dos a ciento ocho meses. la pena será de prisión de treinta y dos meses a cuarenta y ocho meses cuando la cuantía sea inferior a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes. la pena será de prisión de cuarenta y ocho meses a ciento ocho meses cuando la cuantía sea igual o superior a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.




