Lo encontraron echando plomo

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Sobre las 12 del medio día de pasado 28 de marzo, unos fuertes disparos quitaron la tranquilidad del barrio El Paraíso en el valle de laboyos, donde los habitantes alertados y preocupados por la situación se quedaron en el interior de sus hogares durante unos minutos.

Acontecimientos

El hecho habría sido provocado por alias “Orejas”, el cual transitaba por esta popular zona de la localidad, cuando de manera sorpresiva desenfundó un arma de fuego y comenzó a disparar hacia la Gaitana en el municipio de Pitalito, la angustia se apoderó de la comunidad quienes rápidamente llamaron a las autoridades competentes para poner en conocimiento lo sucedido.

Llegó la ley

Una vez conocido el caso, los uniformados se acercaron al lugar indicado, donde lograron identificar al sujeto, el cual tenía en su poder aun el arma, por lo que procedieron a abordarlo para capturarlo, siendo llevado a la estación policial más cercana para que respondiera por el delito de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego.

Proceso legal

Es de resaltar que el aprehendido fue dejado a disposición de la autoridad competente, donde un juez de control de garantías será el encargado de definirle su situación judicial, mientras la comunidad sigue angustiada por el suceso y solicita más control en la zona para que estos acontecimientos no se vuelvan a repetir.

¿Hubo lesionados?

Por fortuna, hasta el cierre de esta edición no se había confirmado ninguna persona herida a consecuencia de estos disparos. Cabe anotar que los entes correspondientes seguirán trabajando arduamente para mejorar la seguridad en los diferentes lugares del departamento.

Posible pena

En el Código Penal Colombiano, exactamente en el artículo 365, se precisa que el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de nueve a doce años. En la misma pena incurrirá cuando se trate de armas de fuego de fabricación hechiza o artesanal, salvo las escopetas de fisto en zonas rurales.


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