Ante un juez de control de garantías fue puesto a disposición el señor Alejandro Arango Díaz, quien contaba con un requerimiento judicial por el delito de Porte Tráfico Y Fabricación De Armas De Fuego.
Tenía orden de captura
Su captura se llevó a cabo en los últimos días por unidades del cuadrante 13 adscrito al CAI Periodistas de la Policía Metropolitana de Neiva, quienes adelantaban planes de registro, control y solicitud de antecedentes en el microcentro de Neiva.
Estaba libre
Según el reporte oficial, este sujeto de 30 años de edad, se encontraba por la Avenida Circunvalar con calle 13, en donde fue solicitado por las patrullar para verificar su pasado judicial. Fue allí donde los uniformados se percataron que en el dispositivo PDA, se registraba una orden de captura en su contra.
Irá a juicio
Así las cosas, los oficiales procedieron a leerle sus derechos como persona aprehendida, para luego ser conducido a las instalaciones de la Unidad de Reacción Inmediata para su proceso de judicialización.
Medidas
Es de resaltar que la Ley colombiana establece en el artículo 365 del Código Penal, la persona que sin permiso de la autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de nueve a doce años.
Se espera que en los próximos días sea definida su situación penal.




