La Corte Constitucional de Colombia ha revocado una sentencia de primera instancia que negaba el amparo de la libertad de culto y expresión a una menor de edad protestante. El caso fue presentado por el padre de la menor, quien interpuso una tutela contra un colegio público, acusándolo de obligar a su hija a asistir a clases de religión católica sin ofrecer alternativas acordes a sus creencias religiosas.
Colombia es un país LAICO lo cual significa que existe una libertad de culto. Lo invito a que lea la constitución de 1991. https://t.co/t4vw9lZvBW
— Vane (@misvuelticas) September 11, 2024
El caso: clases católicas y falta de alternativas
El padre de la estudiante argumentó que las calificaciones de su hija bajaron considerablemente después de que ella se negó a participar en las clases de religión, en las que la profesora enseñaba oraciones católicas como el Ave María y el rosario, y organizaba actividades como llevar flores a la Virgen María. La institución no le ofreció a la menor opciones para obtener las notas requeridas sin asistir a dichas clases.
A pesar de que la Corte declaró la «carencia actual de objeto» debido a que el padre de la menor optó por cambiarla de colegio, garantizando así sus derechos, el alto tribunal decidió pronunciarse sobre el caso. La Corte consideró que era necesario señalar la violación a la Constitución cometida por el colegio y la profesora al no respetar la libertad de culto de la estudiante.
Enfoque neutral en la enseñanza religiosa
En su fallo, la Corte Constitucional resaltó la importancia del principio de laicidad en el Estado colombiano, que establece la neutralidad frente a cualquier religión. Ninguna institución educativa pública puede favorecer o desincentivar prácticas religiosas específicas. Por esta razón, el tribunal ordenó al colegio eliminar los contenidos católicos de la clase de religión y promover un enfoque neutral. Además, indicó que deben ofrecerse alternativas para aquellos estudiantes que no deseen recibir enseñanza religiosa basada en una fe particular.
Implicaciones del fallo
Este fallo refuerza la libertad de culto en el sistema educativo, destacando que las creencias personales de los estudiantes deben ser respetadas por las instituciones públicas. La Corte dejó claro que el Estado no puede imponer una religión específica en las aulas, y los colegios están obligados a garantizar un ambiente inclusivo y respetuoso con la diversidad religiosa.
El fallo también abre el debate sobre cómo las instituciones educativas deben adaptar sus currículos para asegurar que todos los estudiantes, independientemente de su fe, tengan acceso a una educación que respete sus derechos fundamentales.




