Entidades financieras no podrán negar servicios por antecedentes judiciales

La Superfinanciera ordenó a bancos y demás entidades del sector no negar servicios a clientes con antecedentes sin un análisis individual de riesgo.
PERSONAS CON ANTECEDENTES
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La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 10 de 2025 en respuesta a un pedido de la Corte Constitucional, que en la Sentencia T-113 del 28 de marzo ordenó revisar la aplicación de políticas de riesgo en el sistema financiero. Con esta decisión, las entidades vigiladas, como bancos, aseguradoras, cooperativas, fondos de pensiones, fiduciarias y comisionistas de bolsa, deberán abstenerse de negar automáticamente servicios financieros a personas con antecedentes judiciales o investigaciones penales en curso.

Restricciones automáticas quedarán prohibidas en el acceso a servicios financieros

El alto tribunal resaltó que la aplicación de políticas en materia de Sarlaft (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) no puede convertirse en un mecanismo de exclusión injustificada. La Superfinanciera indicó que las entidades no podrán limitar el acceso a productos financieros únicamente por la existencia de antecedentes penales, sino que deberán realizar un análisis individualizado del perfil de riesgo de cada cliente, evaluando factores como la antigüedad del antecedente, el tipo de conducta, la relación con el producto solicitado y la actividad económica.

Evaluación caso por caso para medir el nivel de riesgo

La medida obliga a las entidades financieras a evaluar detalladamente el nivel de exposición al riesgo de cada consumidor y a determinar si necesitan aplicar medidas de control adicionales. Para ello, podrán solicitar información complementaria que les permita definir de manera proporcional y fundamentada el perfil de riesgo del usuario. El objetivo es garantizar un equilibrio entre la gestión de los riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo, y el derecho de los ciudadanos al acceso a servicios financieros.

Garantías para consumidores y obligaciones para las entidades vigiladas

Con la Circular, la Superfinanciera busca que las instituciones adopten medidas de gestión del riesgo sin recurrir a exclusiones automáticas ni desproporcionadas, lo que refuerza la protección de los consumidores financieros y asegura mayor transparencia en el sector. Esta disposición marca un cambio importante en las relaciones entre las entidades y los usuarios, quienes a pesar de tener antecedentes judiciales podrán acceder a servicios bancarios siempre que no representen un riesgo alto comprobado.


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