La denominada paz total o Ley 2272 de 2022, presentada por el gobierno de Gustavo Petro la cual busca el marcó legal para negociar con grupos al margen de la Ley, fue revisada por la Corte Constitucional tras varias demandas al texto.
En este sentido, el pasado 30 de noviembre la Corte Constitucional en sala plena decidió derogar las demandas en contra de la «paz total», pero le quietó poderes al Ejecutivo. Esto teniendo en cuenta que en términos generales esta Ley está dentro de las normas de la Constitución.
Sin embargo, el presidente Gustavo Petro, de acuerdo con lo determinado por la Corte Constitucional, no podrá nombras como «voceros de paz» a personas privadas de la libertad, ni tampoco generar decretos de sometimiento a la justicia sin antes consultar con las otras ramas del poder público.
De esta manera, el ejecutivo no podrá solicitar por decreto la libertad o suspensión de órdenes de captura, por ejemplo de miembros de la denominada «primera línea». Es decir que la decisión final en estos aspectos la tomarían los jueces.
#URGENTE
— Carlos Castañeda (@carprensa) December 1, 2023
Corte Constitucional declaro
exequible la iniciativa del presidente @petrogustavo de PAZ TOTAL
Permite la negociación . pic.twitter.com/TFCYOoK0Fu
Para el alto tribunal, esta Ley de paz total, sirve como marco pero no para coartar la independencia de la rama judicial, esto al definirla como “un documento de carácter técnico-científico que puede servir de ilustración a los legisladores en materia de política criminal”
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Estas correcciones de la Corte Constitucional, obedecen a la demanda que presentaron a senadora, María Fernanda Cabal y el representante a la Cámara, Jaime Uscátegui.
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