La nueva medida que el personal de la salud no tiene que cumplir

La medida de pico y placa que entro en vigencia en Bogotá y hasta que la emergencia sanitaria culmine el sector puede transitar con libertad.
fdfs
[responsivevoice_button voice="Spanish Latin American Male" buttontext="Escuchar Noticia"]
Compartir en

El personal de la salud tiene excepción de la medida de pico y placa que entro en vigencia en Bogotá, hasta que la emergencia sanitaria culmine. El Ministerio de Salud y Protección Social decretó que la emergencia sanitaria va hasta el 28 de febrero de 2022. En esa medida, el personal de salud, independiente o vinculado a una Institución, puede circular libremente en la capital.

Si usted vinculado a una Institución Prestadora de Servicios de Salud debe cumplir estos pasos para activar la excepción de pico y placa en Bogotá:

La Institución Prestadora de Servicios de Salud deberá acceder a la página de la Secretaría Distrital de Movilidad, en la sección Pre-inscripción de excepciones, seleccionar la opción de Formato Inscripción Salud y descargar el formato correspondiente.

Allí tendrá que diligenciar el formato con la información solicitada, para cada persona a registrar:

  1. Nombre de la Institución Prestadora de Servicios de Salud.
  2. Nombre completo de la persona beneficiaria de la excepción, como aparece en su documento de identificación.
  3. Número del documento de identificación de la persona beneficiaria
  4. Número del Registro Médico/Tarjeta Profesional del beneficiario.
  5. Placa del vehículo para el que se solicita la excepción.
  6. En el campo IPS/Independiente, seleccionar IPS.

El formato debe ser enviado con la certificación del representante legal de la Institución Prestadora de Servicios de Salud en la que indique que las personas registradas en el formato se encuentran vinculadas a la misma.

Si usted es profesional independiente del sector de la salud humana debe cumplir estos pasos para activar la excepción de pico y placa en Bogotá, debe hacer el mismo procedimiento, pero en esta ocasión deberá enviar el formato con:

Certificado laboral o de prestación de servicios expedido por el profesional independiente para las personas que prestan labores asistenciales, con un término de expedición no mayor a 60 días calendario.

Declaración juramentada en donde el profesional independiente indique que ejerce labores en el campo de salud humana de forma independiente, así como la dirección y lugar del consultorio en donde presta el servicio.

Finalmente debe enviar estos documentos al correo indicados por la alcaldía.

Nota: al terminar verifique en la página de movilidad, en la sección Pre-Inscripción de excepciones, en la opción de Consulta de Excepciones, que el vehículo se encuentre activo en el registro de exentos de la restricción de circulación en Bogotá. También debe tener en cuenta que no aplican las excepciones para el retorno de puentes festivos durante el ingreso a ciudad.


Compartir en

Te Puede Interesar