La Corte Constitucional declara urgencia nacional por demandas contra la Ley de Garantías

La norma aprobada por el presidente, podría terminar en un desvío de recursos para campañas políticas en plena temporada electoral.
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La Corte Constitucional, declaró emergencia nacional, pues asegura que la medida es necesaria para darle prioridad a las denuncias relacionadas con la Ley de Garantías. Al inicio de la sesión realizada el 10 de febrero, la ponente del caso, la magistrada Diana Fajardo, pidió que se suspendiera la norma, pero su propuesta tuvo solo tres votos a favor.

La alta Corte, por su parte votó, la ponencia del magistrado Jorge Ibáñez, quien pedía la declaratoria para evaluar detalladamente las denuncias, esta propuesta tuvo finalmente seis votos a favor y tres en contra. Cabe resaltar que los magistrados no tomaron ninguna decisión adicional, pues solo acudieron a la declaratoria de urgencia nacional.

El pasado 11 de enero, la Corte admitió 21 de 42 denuncias en las que se objeta el ‘mico’ que modificó la Ley de Garantías, donde se permitiría celebrar contratos a entidades del gobierno con entes territoriales como gobernaciones y alcaldías.

Esto, según los mandatarios, podría terminar en un desvío de recursos para campañas políticas en plena temporada electoral, por esta razón la mayoría de ellos se oponen. Sin embargo, uno de los argumentos con los se aprobó la ley fue la reactivación económica y la generación de empleo.

Por su parte, el senador Roy Barreras, explicó que:

“resulta a todas luces inconstitucional e ilegal reformar un artículo de una ley estatutaria, a través de la ley anual de presupuesto, pretermitiendo no solo el control previo por parte de la Corte Constitucional, sino además, la competencia que para proferir este tipo de leyes tienen las Comisiones Primeras de Senado y Cámara de Representantes”.

Las 21 demandas admitidas fueron presentadas por varios congresistas, y entre otras cosas argumentan que esta norma afectó el sistema de frenos y contrapesos, porque se presta para  “favorecer a algunos sectores políticos y hasta para financiar la compra de votos en algunas regiones del país”.

Asimismo, las acciones presentadas contra el artículo 124 de la Ley de Presupuesto fueron acumuladas en un solo expediente y quedaron a cargo de la magistrada Diana Fajardo. En un auto de 34 páginas notificado este martes, el despacho dijo que antes de entrar a revisar las peticiones de medida cautelar, debía pronunciarse sobre la admisión.

Finalmente, es necesario recordar que, el presidente Iván Duque en noviembre del año pasado, aseguró que un juez no puede decirle a un presidente qué objetar y qué no objetar, según el mandatario, porque eso puede configurarse como una violación a la constitución.


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