La controversia por las actuaciones administrativas relacionadas con el Parque de La Valvanera sumó un nuevo capítulo tras la decisión de segunda instancia que ratificó la improcedencia de la acción de tutela interpuesta contra dichas medidas. El fallo confirmó lo resuelto el 29 de diciembre por el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Pitalito, al concluir que la tutela no puede utilizarse como vía judicial alterna a los procesos ordinarios establecidos por la ley.
El defensor de derechos humanos Roberto Cajiao reaccionó con duros cuestionamientos. Calificó públicamente la decisión como una “justicia de cajón” y aseguró que el despacho evitó pronunciarse sobre el fondo del asunto, particularmente en lo relacionado con el presunto desconocimiento del debido proceso.
Cuestionamientos
La sentencia reiteró que los conflictos donde se alegue vulneración de derechos fundamentales deben tramitarse, en principio, mediante mecanismos ordinarios, y que la tutela solo procede cuando no existan medios idóneos o para evitar un perjuicio irremediable. Sin embargo, Cajiao sostuvo que el fallo presentó inconsistencias formales, entre ellas errores en la fecha del documento, lo que —según afirmó— reflejaría falta de rigurosidad.
Además, cuestionó que el juzgado descartara la existencia de un perjuicio irremediable. A su juicio, la discusión no se limita al uso del espacio público, sino a una presunta extralimitación de funciones administrativas al modificar el uso del suelo sin los procedimientos y controles políticos correspondientes.
Debate que sigue abierto
El defensor insistió en que la tutela buscaba proteger el debido proceso como derecho fundamental, no sustituir las vías ordinarias. Enfatizó que la improcedencia no implica que las actuaciones administrativas hayan sido avaladas judicialmente, sino que el juez consideró inadecuado el mecanismo utilizado.
Cajiao anunció que insistirá en que el caso sea seleccionado para revisión por la Corte Constitucional, argumentando que el debate trasciende lo local y plantea interrogantes sobre los límites de la acción de tutela frente a decisiones administrativas que podrían comprometer derechos colectivos y patrimoniales.
Así, el futuro del Parque de La Valvanera continúa en el centro de una discusión jurídica y ciudadana que, lejos de cerrarse, podría escalar a instancias constitucionales.




