El Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Ipiales, negó la acción de tutela interpuesta por el alcalde de la Ciudad Fronteriza, José Amilcar Pantoja, en contra del Consejo Nacional Electoral, CNC.
En la tutela, el mandatario municipal alega una vulneración de su derecho al debido proceso en el trámite de revocatoria de su mandato, argumento que no fue tomado en cuenta por el Juez.
Amilcar Pantoja señaló al respecto del proceso de revocatoria que avanza en su contra, que no fue debidamente notificado sobre la Resolución 004 del 4 de marzo del presente año, en la que se reconoció al Comité Promotor de la revocatoria y a su vocero.
Por ello, alegó el alcalde de Ipiales, no pudo ejercer su derecho a la defensa, en la audiencia pública convocada por el Consejo Nacional Electoral y que se llevó a cabo el pasado 18 de marzo. En esa oportunidad, Pantoja solicitó al juzgado que ordenara la suspensión de la audiencia pública, el traslado del expediente completo del proceso y un plazo adicional para preparar su defensa.
En torno a la tutela del Alcalde de Ipiales, Amilcar Pantoja, el fallo del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Ipiales, concluyó que no se evidenció ninguna clase de vulneración al debido proceso ni a otros derechos fundamentales del mandatario municipal.
Al respecto, la jueza Adriana del Pilar Miranda Martínez, afirmó de manera categórica que las actuaciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral, CNE se ajustaron a las normas legales vigentes y que, en todo momento el alcalde tuvo conocimiento del proceso en curso.
Asimismo, se determinó en el fallo, que la tutela no era procedente, puesto que el mecanismo judicial ordinario para impugnar actos administrativos en procesos de revocatoria es la acción de nulidad electoral y no la tutela, la cual tiene un carácter excepcional.
Se indicó que el fallo podrá ser impugnado por el Alcalde ante la Corte Constitucional para una eventual revisión, pero mientras tanto, el proceso de revocatoria de mandato que se adelanta en su contra continua su curso y el Consejo Nacional Electoral, deberá garantizar la participación del mandatario en la etapa correspondiente.




